LA AFILIACIÓN PARTIDARIA DE FUNCIONARIOS JUDICIALES

Después del Periodismo Militante, la Corte Suprema frenó la Justicia Militante

La Corte Suprema de Justicia de la Nación invalidó una resolución del Consejo de la Magistratura -impulsada por el ultrakichnerismo- que habilitaba la afiliación política de los funcionarios judiciales.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) invalidó este martes 05/06 la resolución 254/10 del Consejo de la Magistratura que autorizaba a los funcionarios del Poder Judicial, afiliarse a partidos políticos. La norma había sido impulsada por el diputado ultrakirchnerista, Carlos Kunkel pero contaba con el apoyo de los representantes del radicalismo.

La norma invalidada por la CSJN fue aprobada por el Consejo en mayo de 2010 y modificaba el artículo 10° del Reglamento para la Justicia Nacional. La Corte consideró que los consejeros se extralimitaron en sus funciones y mediante la acordada 11/11 declaró la invalidez de la misma.

El tribunal justificó su decisión para “sustraer a la Justicia –como Poder al que secundan todos sus agentes y en cuyos estrados pueden ventilarse cuestiones que de una u otra manera se vinculan con la política- de cualquier suspicacia respecto de su imparcialidad, que es cuestión primaria de su función trascendental”.

A su vez, el máximo tribunal dispuso que las prohibiciones contenidas en el inciso e) del artículo 8º no regirán respecto de los funcionarios. También decidió suprimir el segundo párrafo del mismo artículo, el cual, según la acordada 31/84 del Tribunal, no autoriza a los empleados a realizar con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, cualquiera sea el ámbito donde se cumplan, propaganda, proselitismo, coacción ideológica por motivos de cualquier naturaleza.

Las disposiciones reglamentarias de la naturaleza en cuestión constituyen facultades inherentes de la Corte Suprema, como órgano superior del Poder Judicial, desde que se trata de una regulación que hace a la actuación de ese Poder y que resguarda y garantiza su independencia, de conformidad con el sistema de separación y equilibrio que es propio del régimen republicano de gobierno”, dice la acordada.

El Consejo de la Magistratura no cuenta con la atribución para dictar normas reglamentarias en cuestiones concernientes al régimen de incompatibilidades que decidió modificar, por lo que la resolución 254/10 ha sido adoptada al margen de su competencia ”, prosigue el texto.

En tanto, el Tribunal afirma que “estimó conveniente disponer de manera inequívoca la incompatibilidad cuestionada –comprensiva de la afiliación a partidos o agrupaciones políticas, y actuación en política- sin entrar en discriminar respecto de la jerarquía de los funcionarios o de la índole de su trabajo, con la sola excepción de los empleados y, en cuanto ellos, con los alcances establecidos en la acordada 31/84”.

El decreto de Aramburu

La prohibición a los funcionarios y empleados del Poder Judicial de afiliarse a partidos políticos y participar en política fue dispuesta en un decreto ley del Presidente de facto, Pedro Aramburu.

En 2008 Kunkel presentó su proyecto de reforma -aunque la modificación excluía a los jueces- y fue aprobado en 2010 con el apoyo de sus pares del oficialismo, diputados de la UCR, abogados y el representante de los académicos en el Consejo.

Votaron por la afirmativa Mariano Candiotti (académico); los legisladores K Carlos Kunkel, Diana Conti, Nicolás Fernández, Marcelo Fuentes; los radicales Oscar Aguad y Ernesto Sanz; el secretario de Justicia, Héctor Masquelet y el abogado Pablo Mosca.

En contra se habían pronunciado justamente los representantes de los jueces: Manuel Gálvez y Luis María Cabral.

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