La SIDE es acusada de intromisión a la intimidad y confiscación por las firmas de Internet

El Gobierno deberá responder ante acusaciones de inconstitucionalidad y confiscación a las Cooperativas y firmas de Internet, quienes presentaron un recurso de amparo contra la Ley 25.873, sancionada el 17 de diciembre de 2003, y el decreto reglamentario 1563, del 9 de noviembre pasado, por considerarla desde una intromisión en la esfera íntima hasta una confiscación. Según la ley, las empresas están obligadas a interceptar y retransmitir las comunicaciones de todos los argentinos ante la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE).

Hace 12 días llegó a la Casa Rosada un oficio enviado por el Juzgado número 12 en lo Contencioso Administrativo Federal, a cargo de Guillermo Rossi, para que el Estado respondiera en un plazo de cinco días a un planteo de inconstitucionalidad realizado por Cabase, la cámara que nuclea a los proveedores de conexiones a Internet.

El planteo es por la ley que reglamentó el Gobierno hace tres meses, que obliga a las empresas a monitorear, archivar por diez años y entregar ante eventuales pedidos del Estado las comunicaciones de todos los argentinos.

Desde la entidad ya habían presentado en diciembre un recurso de amparo contra la Ley 25.873, sancionada el 17 de diciembre de 2003, y el decreto reglamentario 1563, del 9 de noviembre pasado, por considerarla desde una intromisión en la esfera íntima (poniéndose los proveedores de servicios de Internet en el lugar de prestadores y también de usuarios), hasta una confiscación.

Además, el desembolso en tecnología que permita monitorear on line las conexiones a Internet y toda otra forma de comunicación es para las empresas del sector un gran gasto.

Según el decreto 1563, al 31 de julio todas las empresas de telecomunicaciones deberán estar equipadas para interceptar y retransmitir comunicaciones a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). Eso implicaría que las compañías deberían comenzar ahora a adquirir la tecnología necesaria, por lo que Cabase pidió una medida cautelar complementaria al amparo que permitiera suspender los plazos. El juez no dio lugar a esa petición, al considerar que la cuestión de fondo del amparo podía resolverse en forma sumaria o, por lo menos, antes del 31 de julio.

Cabase apeló esa decisión, recordando que en el país hay antecedentes de amparos que tardaron años en resolverse.

Por su parte, las cooperativas, preocupadas por el esfuerzo económico que podría significar para ellas equiparse con tecnología para captar y derivar comunicaciones, pidieron una audiencia con el Ministerio del Interior para plantearle la imposibilidad de realizar esos desembolsos.

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