Tensión en La Rioja: Lunes, 9:00, cierre de listas

El lunes a las 9:00 vence el plazo para presentación de listas de candidatos en La Rioja. La UCR ya tiene precandidatos y el PJ también. Resta saber qué harán Jorge Yoma y el oficialismo. Desesperado, el gobernador Ángel Maza visitó al presidente Kirchner.

Todos los partidos políticos y alianzas reconocidas, deberán presentar hasta el lunes, a las 9:00, las listas de precandidatos para internas del 7 de agosto o legislativas del 23 de octubre. Así lo dispuso el juez federal Rubén Blanco.

Así el juez aceleró los tiempos en los partidos políticos reconocidos, como el Partido Justicialista (PJ), el Frente con Todos, la Unión Cívica Radical (UCR), entre otros.

De esta forma, el lunes venidero se conocerán los precandidatos a senadores y diputados nacionales de los partidos reconocidos, lo que anticipa que en las próximas horas serán de intensas negociaciones de los distintos sectores políticos.

Ayer se conoció una notificación de Blanco de una resolución del martes último a los apoderados de los partidos: "Hágase saber a las juntas electorales de los partidos políticos y alianzas reconocidos en este distrito que el día 27 de junio, a las 9, vence el plazo para que presenten ante el tribunal las listas de precandidatos a fin de que se les extienda la certificación prevista en el segundo párrafo del artículo 6º del decreto 451 del Poder Ejecutivo nacional", dice textualmente.

Por la mañana, en su condición de presidente del Tribunal Electoral del PJ, el ministro de Gobierno y Derechos Humanos, Alberto Paredes Urquiza, dijo que el Consejo Provincial del justicialismo dictó una resolución en función de la nueva normativa vigente a nivel nacional con el proceso de elecciones internas abiertas y simultáneas.

En esa resolución se definía que el plazo para presentar candidatos es el 5 de julio y no el 28 de junio (la 1ra. fecha conocida oficialmente) como pretendía el juez Blanco.

Sin embargo, esa decisión quedó en vía muerta tras la notificación de Blanco.

Según el artículo 6º del decreto 451/05, del 5 de mayo de 2005, "las juntas electorales deberán constituirse hasta 60 días antes de la elección interna abierta y simultánea e informar a los juzgados federales con competencia electoral su constitución, integración y sede dentro de las 24 horas de producida".

"A los efectos de la misión establecida en el inciso a) del artículo 5º del decreto 292 del 6 de abril de 2005, las juntas electorales deberán solicitar al juez federal con competencia electoral una certificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298 y sus modificatorias, el Código Electoral Nacional aprobado por la Ley 19.945 (decreto 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, a cuyos efectos acompañaran las correspondientes listas de precandidatos, en forma previa a la resolución de oficialización", manifiesta el segundo párrafo del decreto que se basa Blanco para establecer el 27 como fecha tope para presentar las listas de precandidatos.

"Las juntas electorales notificarán a las autoridades de mesa de su designación por el juez federal con competencia electoral para el acto comicial de que se trate", finaliza la norma del 5 de mayo.

Mientras tanto, el inciso a) del artículo 5º del decreto 292, del 6 de abril de 2005, dice que los partidos políticos y alianzas, deberán constituir una junta electoral que tendrá por misión "verificar que los candidatos cumplan los requisitos exigidos por la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298 y sus modificatorias, el Código Electoral Nacional aprobado por la Ley 19.945 (decreto 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias y la Carta Orgánica Partidaria.

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