El Gobierno anunció la aplicación de multas para defender la libre competencia

El gobierno nacional aplicó una multa superior a los $70 millones a cuatro empresas productoras de oxígeno medicinal, por violar la ley de Defensa de la Competencia. Lavagna aseguró que este es el resultado de "una investigación larga y profunda que llevó a cabo la comisión de Defensa de la Competencia por más de tres años de trabajo". El ministro de Economía anunció además que la Secretaría de Industria y la AFIP reforzarán los controles para evitar el robo de cables de energía eléctrica.

El ministro de Economía, Roberto Lavagna, dijo hoy que la cartera económica dispuso multar por una suma $70,3 millones a cuatro empresas que se unieron para mantener artificialmente el precio del oxígeno medicinal.

Lavagna aseguró que este es el resultado de "una investigación larga y profunda que llevó a cabo la comisión de Defensa de la Competencia por más de tres años de trabajo".

"Se descubrió un acuerdo entre cuatro empresas a fin de mantener artificialmente alto precios de oxigeno medicinal que se usa en intervenciones quirúrgica", manifestó el ministro.

Asimismo, anunció que las exportaciones de desechos de cobre y aluminio serán suspendidas durante 90 días y reveló que se detectó que el robo de cables ascendió a los 6300 kilómetros y afectó a un universo de 2,3 millones de personas.

# Comunicado de Prensa

El Secretario de Coordinación Técnica adoptó mediante la Resolución SCT nº 119/2005, la recomendación de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia de:

1. Imponer una sanción de multa global de PESOS SETENTA MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 70.300.000) a cuatro empresas que participan en el mercado de oxígeno medicinal. Estas empresas son a) PRAXAIR ARGENTINA S.A., cuya multa se fijó en PESOS VEINTISEIS MILLONES CIEN MIL ( $ 26.100.000), b) AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A. en PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 24.900.000), c) AGA S.A. en PESOS CATORCE MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 14.200.000) y d) INDURA ARGENTINA S.A. en PESOS CINCO MILLONES CIEN MIL ($ 5.100.000) y
2. Ordenar el cese y que se abstengan en lo sucesivo de concertar precios, repartirse clientes y de concertar o coordinar posturas en los procedimientos de contratación

Las empresas multadas conforman la casi totalidad del mercado de oxígeno medicinal y entre otras conductas anticompetitivas cobraron, a través de acuerdos ilegales, sobre precios a los hospitales en la órbita estatal como a clínicas y sanatorios en la órbita privada con alcance en todo el territorio nacional.

Los sobreprecios impuestos a los clientes pueden haber sido solventados directamente por las instituciones compradoras (por ejemplo las arcas públicas de diversas jurisdicciones en el caso de los hospitales públicos), o haber recaído indirectamente en las obras sociales, mutuales, empresas de medicina prepaga u otras instituciones que se hacen cargo de las erogaciones por prestación de salud a sus afiliados.

Atento los recursos escasos de las instituciones perjudicadas, el sobrecosto que la maniobra les impusiera para pagar el indispensable oxígeno, necesariamente ha redundado en la limitación de otras prestaciones y en definitiva ha resentido la atención a los pacientes.

La conducta investigada en la venta de oxígeno medicinal se desarrolló en los hospitales, clínicas y sanatorios tanto públicos como privados entre los años 1997 y 2002.

La fijación de la multa es la conclusión de una investigación de oficio realizada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en base a determinados indicios de funcionamiento irregular del mercado de oxígeno medicinal.

En el proceso de investigación se allanaron los domicilios de las empresas donde se colectaron importantes evidencias de la existencia de acuerdos colusivos que restringían y distorsionaban la competencia apropiándose de un beneficio adicional ilícitamente obtenido.

La multa fijada debe tener un efecto disuasorio tanto para las empresas que actúan en el mercado investigado como en otros mercados.

BUENOS AIRES, 18 de Julio de 2005

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