CONFLICTO EN EL GRANADERO BAIGORRIA

La sucesión de Ramos en Santa Fe, provoca escándalo

Alejandro Ramos, secretario de Transporte de la Nación, era alcalde de la pequeña localidad Granadero Baigorria, en Santa Fe. Su reemplazo en el Ejecutivo Municipal parece muy complicado, motivo de disputas entre peronistas y socialistas.

 

La diputada provincial santafecina por el PJ, Alejandra Vucasovich, presentó un proyecto de comunicación preguntando al Ejecutivo que lidera el gobernador Antonio Bonfatti (socialista) informe “si está en conocimiento del fallo de la Cámara Contencioso Administrativa de los Tribunales de la ciudad de Rosario que ordena el ingreso al Concejo Municipal de la ciudad de Granadero Baigorria, Departamento Rosario, del ciudadano Guillermo Da Ponte, tras la licencia solicitada por el intendente Alejandro Ramos para ocupar la Secretaría de Transportes del Ministerio del Interior y Transportes de la Nación y la asunción en su lugar del Presidente del Concejo Municipal del Presidente del Concejo Municipal de la ciudad de Granadero Baigorria”.
 
Vucasovich, presidente del bloque Federal de la Cámara de Diputados, también preguntó si el gobierno provincial 
 
> “está en conocimiento de la denuncia penal que pesa contra el Concejo Municipal de la ciudad de Granadero Baigorria por negarse a aceptar el fallo de la Cámara Contencioso Administrativa de los Tribunales de Rosario que ordena a ese cuerpo legislativo a hacer asumir, aún en forma temporaria, al ciudadano Guillermo Da Ponte como concejal”;
 
> “si en el ámbito de la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas o en Fiscalía de Estado existe dictamen acerca de la conflictiva situación planteada en la ciudad de Granadero Baigorria y de no haberlo, si no tendría que el Gobierno de Santa Fe que emitir opinión sobre esta cuestión”.
 
En los fundamentos de la presentación, la diputada Vucasovich dice que “el pasado 07/03, el intendente de la ciudad de Granadero Baigorria, Alejandro Ramos, pidió licencia en su cargo para asumir la Secretaría de Transportes del Ministerio del Interior y Transportes de la Nación y en su lugar ocupó en forma interina la titularidad de ese municipio el concejal Mario Rosales, presidente del Concejo Municipal de la misma ciudad. En forma inmediata, el primer suplente de la lista que en el año 2009 postuló a Rosales, el ciudadano Guillermo Da Ponte, se presentó, con su Diploma expedido por la Secretaría Electoral de la Provincia de Santa Fe para asumir , en forma temporaria, su banca en en el Concejo Municipal, posibilidad que fue rechazada por el cuerpo”.
 
El artículo 104 de la Ley 2756 Orgánica de Municipios de la Provincia de Santa Fe dice expresamente que “los suplentes proclamados por la Junta Electoral, reemplazarán a los Concejales que renuncien, sean destituidos o fallezcan, efectuándose el reemplazo automáticamente, siguiendo el orden de colocación en la respectiva lista de candidatos. Los que resulten suplentes reemplazarán también a los Concejales que por ser Presidente o Vicepresidente primero ó segundo del Concejo Municipal, se encuentren desempeñando las funciones que les asigna el Artículo 33 de la presente Ley. El reemplazo será automático y tendrá carácter temporario hasta el reintegro del reemplazado, gozando durante ese tiempo de las dietas que correspondan al titular” recuerda en su iniciativa la legisladora del Bloque Federal.
 
“Ante la negativa del cuerpo legislativo a aceptar el diploma de Da Ponte, éste presentó un recurso ante la Cámara Contencioso Administrativa de los Tribunales de la ciudad de Rosario, y según publica el Diario El Ciudadano de la ciudad de Rosario del día 13 de julio Ante el planteo, los camaristas Alejandro Dalmacio Andrada, Marcelo Raúl López Marull y Clara Matilde Rescia admitieron que el derecho subjetivo cuya lesión se invoca es el “derecho a la función. La Cámara refirió que en la normativa invocada por el propio Concejo no existió modificación en la ley en cuanto al modo y causa de los reemplazos de concejales. Así, la designación interina de Da Ponte –atento a la integración actual del Concejo– no viola la Ley Orgánica de Municipalidades en cuanto a la cantidad de ediles que debe tener el cuerpo. A su vez, refirió que la norma dispone el reemplazo  automático y de carácter temporario hasta el reintegro del reemplazado, gozando durante ese tiempo de las dietas que le correspondan”, expresa Vucasovich en el pedido de informes.
 
“Pero cuando Da Ponte, acompañado por un Escribano Público, intentó hacer cumplir la orden de la Justicia, se encontró con una empleada del Concejo Municipal impidiéndole el paso y colocando un cartel de “Cerrado por Refacciones” en la puerta del Concejo Municipal, por lo cual el damnificado decidió, a través de sus representantes legales, presentar una denuncia penal en contra del Concejo Municipal de Granadero Baigorria”, finaliza en su presentación la titular del Bloque Federal de la Cámara de Diputados.

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