CORTE INTERNACIONAL DE LA HAYA

Colombia salva los cayos pero Nicaragua gana mar territorial

La Corte Internacional de Justicia (CIJ),falló en el litigio de Colombia y Nicaragua que definirá los límites marítimos de ambos países. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) concedió a Colombia la soberanía en el mar Caribe de 7 cayos del archipiélago de San Andrés. Acerca de la delimitación de la frontera marítima entre Nicaragua y Colombia, le restó territorio marítimo a Colombia.

 

El contencioso entre Nicaragua y Colombia sobre el que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió su fallo se prolonga desde 2001, cuando el gobierno nicaragüense solicitó al tribunal que definiera las fronteras marítimas en el Caribe entre ambos países. 
 
La resolución de la CIJ, que es inapelable, definió una controversia jurídica de 11 años pero que diplomática y políticamente se remonta a 1980, cuando Nicaragua desconoció el Tratado Esguerra-Bárcenas firmado con Colombia en 1928, por considerarlo nulo, pues alega que su país estaba ocupado militarmente por USA. 
 
En aquel tratado, los 2 países firmaron un acuerdo que establecía el meridiano 82 como frontera marítima entre Nicaragua y Colombia. 
 
Nicaragua reclamó la soberanía de unos 50.000 Km2, que incluyen el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y 7 cayos cercanos; por tanto, la nulidad del tratado de 1928 que otorgó el dominio de ese territorio a Colombia. 
 
En un fallo preliminar, de 2007, la Corte Internacional, con sede en La Haya, confirmó que las islas mayores de San Andrés, Providencia y Santa Catalina son colombianas, pero también se declaró competente para decidir sobre la soberanía de 7 cayos y trazar una frontera marítima en lugar del meridiano 82. 
 
Nicaragua consideró que la actual frontera a la altura del meridiano 82 no es justa porque su plataforma continental se prolonga más allá de esa línea, y sobrepasa la ubicación del archipiélago de San Andrés. 
 
Bogotá estimó que, a la hora de definir su frontera con ese país centroamericano. se tiene que tomar como punto de referencia costero de Colombia la isla más occidental de San Andrés, que está situada a 220 kilómetros de Nicaragua y 775 kilómetros de las costas colombianas. 
 
El área marítima en disputa es una zona no sólo de belleza paisajística sino también de gran riqueza pesquera y posiblemente petrolífera. 
 
El 6 de diciembre del 2001 Nicaragua, presidida entonces por Arnoldo Alemán, presentó una demanda contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, para que ésta definiera las fronteras marítimas en el Caribe y reconociera a Nicaragua la propiedad sobre el archipiélago de San Andrés y los cayos Serrana, Roncador y Quitasueño. 
 
Una vez que la Corte determinó en el 2007 que la soberanía sobre las islas ya había sido establecida en favor del Colombia por el Tratado de 1928, el litigio por la frontera marítima en el Caribe continuó.
 
Honduras y Costa Rica solicitaron intervenir en el litigio en el 2011, al considerar que las reclamaciones de Colombia y Nicaragua podría afectar a sus intereses, pero la Corte Internacional de Justicia rechazó sus peticiones 
 
La CIJ celebró en La Haya (Holanda) las audiencias orales sobre el caso entre el 23/04 y el 04/05 y en ellas cada parte defendió su postura
 
La CIJ ahora ratificó la pertenencia colombiana de los cayos Albuquerque, Este Sudeste, Roncador, Serrana, Quitasueño, Serranilla y Bajo Sueño, según el presidente del tribunal, Peter Tomka.
 
La Corte pidió que se mida la distancia continental entre los derechos de Nicaragua y las Islas colombianas. Como estas últimas están tan cercanas a la nicaragüense, estas tomarán parte para el diseño de la línea provisional limítrofe entre ambas naciones.
 
De acuerdo con la línea limítrofe provisional propuesta por la CIJ, Quitasueño y Serrana quedan como enclaves, en mar de Nicaragua, pero con 12 millas náuticas cada una. Ambos cayos son de propiedad de Colombia.
[ pagebreak ]
 
Quitasueño tiene 1 metro cuadrado de dimensión, no se incluirá en la línea provisional. En adición, a 38 millas náuticas de Santa Catalina, empujaría la línea provisional más a Nicaragua. Quitasueño queda sin efecto en la construcción de la línea provisional. No se incluirán lugares tan pequeños y que no tengan habitantes.
 
Pero la Corte insiste que cada cayo o isla, por pequeña que sea, debe tener un mar territorial.
 
La Corte estableció que cada país tiene derecho a 12 millas náuticas en la zona en disputa.
 
San Andrés, Santa Catalina y Providencia serán los puntos de partida para establecer la línea provisional en la frontera entre Nicaragua y Colombia.
 
Colombia considera los derechos de actividad comercial de las zonas en disputa. Enfatiza que se respetará la actividad económica en cada una de las zonas.
 
De acuerdo con la Corte, ninguna de las Islas quedará como un enclave, ya que todas quedaran con mar territorial.
 
El juez señaló que "durante decenios, Colombia ha actuado como soberano" en esos cayos y "ejecutado su autoridad soberana, sin oposición de Nicaragua".
 
También señaló que las autoridades de Bogotá han ejercido una administración pública, así como realizado trabajos públicos, visitas navales, operaciones de búsqueda y salvamento y de consulado.
 
"Nicaragua no ha dado pruebas de actuar a título de soberanía" sobre esos cayos, leyó el presidente de la CIJ. 
 
La Corte Internacional de Justicia no accedió a la petición de Nicaragua de tener un enclave de 3 millas naúticas y señaló que las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina tiene derecho a su propia zona económica exclusiva y a su plataforma continental.

Dejá tu comentario