CONFLICTO DE PODERES

Crisis en Uruguay: la Corte frenó los juicios al gobierno militar

La Suprema Corte de Justicia uruguaya declaró inconstitucional la ley interpretativa de la Caducidad. Con esa decisión las causas judiciales abiertas en las que no hay militares procesados deberán archivarse porque se entienden que los delitos prescribieron.

 

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). La Suprema Corte de Justicia de Uruguay declaró inconstitucional la legislación interpretativa de la Ley de Caducidad, según confirmó el vocero del colegiado, Raúl Oxandabarat, quien indicó que por 4 votos contra 1, los ministros del organismo declararon que "los artículos 2 y 3 fueron declarados inconstitucionales", no así el artículo 1.
 
En el artículo 2° se establece que "no se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los "cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 15.848, de 22 de diciembre de 1986".
 
En el 3ro. se establece: "No se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos a que refiere el artículo 1º de esta ley".
 
El principal argumento que en el que coincidieron los ministros es que la ley penal no puede aplicarse en forma reatroactiva.
 
La ley 18.831 restableció en el artículo 1 el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 15.848, de 22 de diciembre de 1986.
 
Además, estableció que no se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos a que refiere el artículo 1º de esta ley.
 
Por último, declaró que los delitos a que refieren los artículos anteriores, son crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales de los que la República es parte.
 
Oxandabarat añadió que, a partir de ahora, las causas judiciales abiertas en las que no hay militares procesados por delitos cometidos en dictadura, deberán ser archivadas al entenderse que los mismos prescribieron.
 
Esto implica que en las causas donde ya hubo procesados se podrá seguir investigando. Esto no comprenderá a nuevos individuos sino que a la misma persona se le podrán imputar más causas. En tanto, las causas que están abiertas deberán cerrarse y ser archivadas.
 
El ministro del tribunal que no dio su voto fue Ricardo Pérez Manrique.
 
Juicio político
 
El diputado Luis Puig, del Partido por la Victoria del Pueblo, que integra el Frente Amplio, dijo que denunciará a la Suprema Corte de Justicia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la declaración de inconstitucional de 2 artículos de la ley sobre imprescriptibilidad de los crímenes.
 
El tema fue elevado a la mesa política del Frente Amplio en busca de su respaldo. De prosperar, Puig afirmó que "todas las organizaciones sociales se pondrán a trabajar en busca de los afectados y víctimas por la normativa" que son los que pueden concretar la denuncia.
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"La Corte Interamericana de Derechos Humanos, manda a los 3 poderes del Estado a que no se puede aplicar ningún obstáculo que imposibilite el accionar de la Justicia y habla a texto expreso de la prescriptibilidad de los crímenes, de la irretroactividad de la ley y de ningún otro obstáculo", dijo Puig. 
 
En este sentido, declarar inconstitucional la ley interpretativa de caducidad para "el PVP es un incumplimiento absoluto de las disposiciones de la Corte" ya que "la ley que aprobó la imprescriptibilidad de los crímenes establece claramente que son delitos de lesa humanidad y no se puede aplicar mecanismos de prescripción y demás".
 
"Estamos planteando que el Frente Amplio respalde a las víctimas que van a haber cerrado sus caminos de Justicia en el país a partir de una actitud que levanta murallas a favor de los poderosos e impunes", dijo Puig quien considera que la Suprema Corte de Justicia "desconoce el mandato de la Corte y se pone del lado de asesinos y torturadores" lo que da "vergüenza".
 
Puig considera que la Corte "cedió a la presión de los militares y los representantes de los terroristas de Estado" y criticó al diputado de Rocha, José Carlos Cardoso, a quien calificó como "uno de los que le hace los mandados a asesinos y torturadores".
 
El diputado José Carlos Cardoso afirmó, a través de su cuenta de Twitter: "Que se critique una decisión judicial, es libre expresión del pensamiento. El tema es respetar esa decisión. Atento estaremos a represalias". 
 
Para Puig "hay claramente una actitud de la Suprema Corte de Justicia que no se condice con el papel que debe cumplir. Este dictamen está directamente relacionado con el traslado de (la jueza Mariana) Mota preparando este segundo paso".
 
La senadora del Movimiento de Participación Popular (MPP), Lucía Topolansky, mujer del presidente José Mujica, declaró que convocó a una reunión del sector para las próximas horas y que allí se discutirá la posibilidad de realizar un juicio político a los miembros de la Suprema Corte. 
 
Para habilitar esta instancia se requieren mayorías especiales que van más allá de los votos de los legisladores frenteamplistas.
 
No al Congreso
 
Los ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) decidieron por unanimidad "declinar" la invitación a concurrir a la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Diputados para explicar a los legisladores la decisión de trasladar de la Justicia Penal a la Civil a la jueza Mariana Mota.
 
El presidente de la SCJ, Jorge Ruibal Pino, llamó directamente al presidente de la Comisión, Pablo Iturralde para comunicarle la resolución, además de enviarla por escrito. Los ministros transmiten allí que el Poder Judicial "siempre" ha cooperado con el Poder Legislativo y que incluso han concurrido a explicar los criterios generales con los cuales se realizan los traslados.
 
La Institución Nacional de Derechos Humanos cuestionó a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) por el traslado de la jueza Mariana Mota desde una sede penal a una civil y alertó el perjuicio que ello puede generar para unas 50 causas de violaciones a los derechos humanos que estaban a cargo de la magistrada.
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El Instituto Nacional de Derechos Humanos, que depende de la Asamblea General, cuestionó que las razones por las cuales la SCJ trasladó a Mota "nunca fueron comunicadas con claridad por parte de la Suprema Corte, de forma tal que toda la ciudadanía tuviera pleno conocimiento de cuáles fueron las motivaciones de la decisión sobre el traslado".
 
En un comunicado, el órgano parlamentario alertó que la remoción de la jueza "genera el riesgo de que las causas a su cargo por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de estado pudieran no avanzar con la necesaria celeridad de una pronta y eficiente administración de justicia".
 
Asimismo, destacó que Mota "se ha especializado en la materia penal, y más concretamente en investigaciones por violaciones a los derechos humanos" por lo que "no parece que se aprovechen bien los recursos técnico-profesionales del país si, luego de tantos años de especialización, se la destina a otro juzgado, de una materia absolutamente diferente".
 
El Instituto de Derechos Humanos comparó la situación con el traslado del fiscal Ricardo Perciballe desde una sede especializada de crimen organizado a una civil.

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