FALLO EN MAR DEL PLATA

2da. orden judicial suspendió el aumento de la tarifa de gas

La medida del juez federal de Mar del Plata, Alfredo López, de dictar una medida cautelar para suspender la suba del gas, provocó satisfacción en la localidad bonaerense. La resolución de López ordena a Camuzzi retrotraer las tarifas al 31/03/2014, es decir antes del último aumento autorizado por el Gobierno nacional. Sin embargo, hay interrogantes que intentará responder el lunes 01/09 a las 11:00 en una conferencia de prensa, Marisa Sánchez, de la Liga de Amas de Casa. Ella anticipó a la web O223: “A la gente que ya pagó le van a devolver el importe. Verá la empresa cómo lo hace, si da una nota de crédito o el excedente lo toma en cuenta de futuras cuentas” (el Enargas y la empresa fueron notificados el viernes 29/08). En cuanto a aquellos que todavía no pagaron la última factura, Sánchez aclaró que no deben hacerlo. “La factura actual quedó sin efecto, Camuzzi tiene que hacer nuevas facturas con el cuadro tarifario anterior”.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). La Justicia Federal dictó una medida cautelar que suspende el aumento de gas en Mar del Plata, Balcarce, Mar Chiquita y General Alvarado. La medida frena la aplicación del incremento tarifario desde el 01/04 y obliga a Camuzzi -empresa prestadora del servicio- a refacturar los importes. 
 
El juez con competencia federal Alfredo López ordenó a Camuzzi descontar el aumento en las próximas facturaciones "hasta su compensación total" a los usuarios que ya abonaron la factura. En otras palabras: el pago será a tomado a cuenta hasta ser reintegrado. La medida también alcanza a las boletas que se envíen de ahora en adelante, que no deberán incluir el pago del incremento tarifario.
 
En su resolución, el magistrado argumentó que "el clima de la zona hace al menos dificultoso el ahorro de gas, ya que se transita la época más cruda y fría del año". Además consideró "discriminatorio y excesivo" que en la provincia de Buenos Aires se aplique el aumento "cuando en otras provincias como La Pampa no se verificó el incremento".
 
Según López, la resolución de la Secretaría de Energía de la Nación que establece un nuevo cuadro tarifario por parte de Camuzzi "impone un desproporcionado y abrupto incremento que desconoce sin ningún argumento válido lo dispuesto por el artículo 42" de la Constitución."
 
El diario La Capital, de la cabecera del partido General Pueyrredón, afirmó que la resolución del juez federal Alfredo López crea un precedente para que en otras provincias se presenten planteos similares. En el fallo, el magistrado ordena a Camuzzi liquidar la próxima facturación con los valores vigentes al 31/01 y abstenerse de cortar el servicio a los usuarios que no pagaron el aumento.
 
Para la Justicia, la empresa omitió brindar información a los clientes sobre el nuevo cuadro tarifario, un derecho consagrado en el artículo 42 de la Constitución Nacional. Camuzzi deberá proceder inmediatamente a la refacturación de los importes sobre el período cuyas boletas hayan sido emitidas con anterioridad a la notificación de la medida y contengan los aumentos. 
 
"La empresa deberá realizar la emisión de nuevas facturas a los usuarios que hasta la fecha no hayan abonado la suba, omitiendo la inclusión del incremento tarifario y estableciendo un plazo de pago razonable que permita la cancelación de deudas y evite el corte del suministro", afirma la extensa resolución.
 
La Justicia hizo lugar al recurso de amparo presentado por la organización no gubernamental Acuba ante el Juzgado Federal Nº 4, con el apoyo de La Liga de Amas de Casa, Manos que Ayudan, la Defensoría del Pueblo y el Colegio de Abogados. El reclamo fue patrocinado por los abogados Federico Alvarez Larrondo, Fernando Navarro, Fernando Copari y Selena Marinelli.
 
Según la Justicia, el aumento afectó derechos consagrados en la Constitución, como el derecho a la preservación del interés económico y de información adecuada en la relación de consumo establecido en el artículo 42 de la Constitución.
 
Las boletas de gas llegaron a los hogares con fuertes subas, autorizadas por la Secretaría de Energía, lo que originó una catarata de quejas de los usuarios. Los aumentos del bimestre julio-agosto iban desde un 80% hasta un 500% en relación al mismo período del año pasado.
 
En el amparo, Acuba argumentó que la empresa Camuzzi y el Ente Nacional de Regulación del Gas (Enargas) no suministraron "una información clara, veraz y precisa" a los usuarios sobre los nuevos valores del servicio.  
 
Antes de presentar el recurso de amparo, Manos que Ayudan y la Liga de Amas de Casa iniciaron una campaña en contra del tarifazo. En pocas semanas juntaron más de 6.000 firmas. De esa cantidad, más 3.000 corresponden a jubilados que cobran el haber mínimo y otras tantas firmas a quienes tienen un certificado de discapacidad.
 
La del juez López es la 2da. resolución en el país que frena el aumento de gas. A fines de junio, la Justicia Federal de Mendoza dictó un amparo que suspendió el incremento previsto de junio a setiembre, a pedido de una ONG de consumidores. La vigencia de la cautelar es por 120 días y frena las resoluciones 226/2014 y 2847/2014 avaladas por el ministro Julio De Vido.
 
Otro fallo en San Rafael (también en Mendoza) fijó una medida cautelar más amplia, que obliga a devolver lo facturado a los usuarios del gas del sur mendocino en el bimestre abril y mayo. La resolución de la titular del 2do. Juzgado Federal de Mendoza, Olga Pura Arrabal, creó un precedente.

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