MAPUCHES EN PELIGRO

Las 3 V (Villa María, Varsovia y Vaticano): Una historia oscura del Código Civil

El casi seguro nuevo Código Civil tiene muchas cuestiones polémicas, y una de ellas se trata acerca de tierras de los mapuches que tienen un encuadro apropiado en la Constitución Nacional pero que ahora serán incorporadas al alcance del Código Civil, susceptibles de ser comercializadas como cualquier otra propiedad. No sólo empresarios muy famosos, la mayoría extranjeros, son parte de este conflicto, también hay personas muy cercanas al papa Francisco desde su pasado en la Argentina. Resulta indispensable incluir en el listado de los propietarios de las tierras mapuches a la familia Fernández Nuñez, muy cercana al Vaticano, que mantiene conflictos con los mapuches, vía sus empresas Las Chinitas S.A. Agropecuaria y Las Chinitas del Sur S.A.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). Ricardo Fernández Nuñez no siempre fue el empresario poderoso, que se desplaza en un avión jet ejecutivo Cessna Citation II, junto a su hermano Ernesto y sus respectivas esposas la escribana Alejandra Nóbrega y Susana Cativelli.
 
¿Cómo fue que pasó de sus pequeños negocios en Villa María (Córdoba), a sus grandes negocios en Polonia?
 
El cronista cordobés Richard Kamienski, de El Diario del Centro del País, explicó desde Varsovia, capital de Polonia, que Ricardo Fernández Núñez se instaló en ese país en 1990, y se dedica a los negocios con automotores, seguros de vida y asistencia prepaga, entre otros rubros.
 
Fernández Núñez tiene un notable predicamento en la Iglesia Católica Apostólica Romana.
 
Él pagó una capilla en honor a la Virgen de Luján, Patrona de la Argentina, en Ursynow, una localidad del Gran Varsovia, a cuya ceremonia inaugural asistió el cardenal de Polonia, Kazymierz Nycz.
 
Según Kamienski, "estaban el embajador argentino Gerardo Britos; y el obispo de Campana y Ramallo, Oscar Sarlinga".
 
De acuerdo al relato del propio cardenal Jósef Glemp, a Jorge Rouillon, del diario La Nación, cuando visitó la Argentina y ofició misa en la Catedral Basílica de Mercedes Luján, su viaje fue patrocinado por la Fundación Internacional Lumen Pacis, que preside Fernández Nuñez
 
Cuando era canciller otra persona muy cercana a la Iglesia Católica Argentina, Adalberto Rodríguez Giavarini (hoy día presidente del Consejo Argentino de Relaciones Internacionales), él participó, junto a Raúl Alfonsín, de una procesión para entronizar la imagen de la Virgen de Luján en la capilla en Ursynow, invitados por Ricardo Fernández Núñez, a quien se presentó como impulsor de la Fundación Argentina de Varsovia, y quien llevó a Polonia los planes de venta de autos en cuotas.
 
Hoy día mucho se especula acerca de quiénes son los interlocutores o voceros u operadores argentinos de Jorge Omar Bergoglio, el papa Francisco.
 
De pronto, pareciera que media Argentina conoce al pontífice católico apostólico romano, muchos afirman conocerlo y difundir sus mensajes o puntos de vista.
 
¿Cómo separar la paja del trigo?
 
Por ejemplo, se conoce que José María del Corral, director del Colegio San Martín de Tours, goza de la confianza del Obispo de Roma.
 
También Aldo Carreras, quien fue secretario de Población en el Ministerio del Interior, en días de Carlos Menem. Carreras se encuentra junto a Daniel Scioli, y es el motivo de la supuesta relación de gran cercanía entre el Papa y el gobernador bonaerense.
 
¿Y Ricardo Fernández Nuñez? Cuando el papa Francisco recibió al grupo interreligioso de argentinos que visitó Tierra Santa antes del viaje del pontífice, la periodista Claudia Peiró escribió el listado, dominado por allegados a Mauricio Macri: desde su suegra,  Elsa Esther Baker viuda de Awada, alias "Pomi"; al rabino y diputado nacional Sergio Bergman.
 
Pero ella citó como uno de los invitados del Papa, quien pasó varios años de su ministerio jesuita en Córdoba, sin saber de quién se trataba, a Fernández Nuñez.
 
El conflicto
 
De pronto, Fernández Nuñez aparece en otra cuestión que no es confesional sino bien seglar: el conflicto por las tierras mapuches en la Patagonia argentina, y el nuevo Código Civil, que es un tema que Cristina Fernández de Kirchner decidió reflotar apenas regresó de su viaje más reciente al Vaticano.
 
En un listado elevado a la Organización Internacional del Trabajo, en agosto de 2006, a causa del peligro de subsistencia de varias comunidades mapuches en Río Negro por la propiedad de tierras ocupadas en forma aparentemente irregular por terratenientes, se mencionó el peligro que corría la comunidad Lof Mariano Epulef, acusada de intrusión por la aplicación de la Ley N°279 por los nuevos propietarios del predio, en el paraje Anecón Chico, 13.500 hectáreas en el Departamento de Pilcaniyeu, usurpado en 1956 por el terrateniente ganadero Ramón Rodrigo Fernández, con la complicidad de la Dirección de Tierras de la Provincia de Río Negro.
 
Fernández le transfirió las tierras de la comunidad mapuche, en 2003, a Francois Jean Jacques Yves Emili Álvarez de Toledo, quien en 2005, después de mucha puja con los mapuches, le vendió el territorio en conflicto a la compañía Chinitas del Sur S.A., según explicó quien dijo ser socio minoritario de esta empresa agrícola-ganadera, Pedro Ángel Aina.
 
De acuerdo al edicto del 08/08/2011, Las Chinitas del Sur S.A. pertenece a Socorro Fernández Nuñez y Agustina Fernández Nuñez. Intervino en la constitución Alejandra María Nóbrega, esposa de Ricardo Fernández Nuñez.
 
Su sociedad gemela Las Chinitas Sociedad Anónima Agropecuaria fue creada con escritura de fecha 04/05/1987 al folio 447 del Registro 142 de Capital Federal, Alejandra María Nóbrega de Fernández Núñez y Julio Alberto Nóbrega fueron los socios fundadores, junto a Lucía Rosa Gemma.
 
Las Chinitas del Sur S.A. ha conseguido varios fallos favorables del Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, todos adversos a las comunidades mapuches. Los camaristas Sergio Barotto, Ricardo Apcarian, Liliana Laura Piccinini, Adriana Cecilia Zaratiegui y Enrique Mansilla conocen el tema porque han participado de los autos en el Consejo de la Magistratura provincial.
 
Entonces, no sólo políticos y famosos son parte de este conflicto, también hay personas muy cercanas al papa Francisco desde su relación en la Argentina. Así, resulta indispensable incluir en el listado de los propietarios de las tierras mapuches a la familia Fernández Nuñez, muy cercana al Vaticano, que mantiene conflictos con los mapuches, vía sus empresas Las Chinitas S.A. Agropecuaria y Las Chinitas del Sur S.A. Sin duda, una historia aún inconclusa.
 
Los mapuches
 
Pero el asunto es mucho más intenso y amplio que este caso puntual. Y es la parte más oscursa del nuevo Código Civil.
 
Los mapuches, también llamados araucanos por los conquistadores españoles, fueron los habitantes de La Araucanía, y son sus descendientes. 
 
Wall Mapu, Wallmapu o Wajmapu (en la lengua mapudungún es ‘país mapuche’), se llama la nación mapuche que cultural, geográfica e históricamente ha habitado desde el río Aconcagua por el norte, hasta el archipiélago de Chiloé por el sur —en la ribera sudoriental del océano Pacífico— y desde la latitud sur de Buenos Aires hasta la Patagonia —en la ribera sudoccidental del océano Atlántico—.
 
Juan Calfucurá (en mapuche ese apellido significa "piedra azul"), había nacido en LLona (Chile) y como cacique araucano llegó a la Argentina en 1831, imponiéndose a los otros jefes, y fue "Jefe y Emperador de Las Pampas", al frente de las tribus dispersas desde el Atlántico a la Cordillera de los Andes y de la Patagonia hasta el sur de Córdoba y Santa Fe. Su idea era conformar una confederación indígena americana. Para mantener su poderío no escatimó en realizar alianzas tal como la que hizo con Justo José de Urquiza, quien los nombró "soldados de la Confederación". 
 
El beato Ceferino Namuncurá, nieto de Juan Calfucurá, murió en Roma (Italia, donde había sido trasladado por la comunidad católica salesiana, a la que pertenecía, para ser tratado de tuberculosis), el 11/05/1905.
 
Fue el papa Benedicto XVI quien firmó el decreto por el cual se declaró beato a Ceferino, en julio de 2007.
 
Ya bautizado al catolicismo apostólico romano, Ceferino recibió, por Ley Nacional del 16/08/1894, 20.000 hectáreas de tierra junto al arroyo San Ignacio y al río Aluminé, en la provincia de Neuquén. Hay quienes afirman que sus únicos herederos fueron instituciones católicas apostólicas romanas. ¿O es tierra mapuche?
 
Son muchas las reivindicaciones mapuches sobre tenencia de tierras. Por ejemplo, en San Martín de los Andes exigen la entrega de 1.300 hectáreas en posesión del Ejército Argentino, entregadas a Parques Nacionales. También reclaman el casco urbano de la ciudad de Neuquén, las que habían cedido el Ejército para edificios administrativos. 
 
Pero no es la única reivindicación. Tal como lo explicó Franco Varise hace algún tiempo en el diario La Nación, "las comunidades de pueblos originarios reclaman la restitución de unos 15 millones de hectáreas que representan (N. de la R.: equivalente a) la mitad de la superficie de la provincia de Buenos Aires."
 
Resulta harto interesante el dictámen de la Comisión por los Derechos Indígenas elaborado por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal acerca de la incorporación de la propiedad comunitaria indígena en el Código Civil que fue aprobado por el Senado y se apresta a ser ratificado por Diputados, en el contexto de un posible entendimiento entre la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el papa Fracisco.
 
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal afirmó:
 
"(...) Este proyecto de reforma, propone incorporar la propiedad comunitaria indígena al texto del Código Civil, bajo la forma de un nuevo derecho real (arts. 2028 a 2036 del proyecto) y la personería jurídica de las comunidades indígenas como personas de derecho privado (art. 148 inc. h). Son múltiples y variadas las razones que desaconsejan la incorporación del derecho a la propiedad comunitaria indígena en el Código Civil. (...)
 
En varios de estos fallos, se mencionaron las conclusiones de las Jornadas de Derecho Civil en las que se entendió que la posesión y propiedad de comunitaria indígena es completamente ajena al Código Civil: "(...) resulta objetable, atento a la jerarquía que el poder constituyente le ha atribuido a las comunidades indígenas y a su propiedad, con un evidente propósito de reparación histórica, la pertinencia de que, desde la grada inferior del derecho privado, en un mismo rango con los derechos reales esencialmente privatísticos, con la pretensión de una mayor garantía, se intente una tipificación distinta que, en definitiva, podría conspirar contra los objetivos perseguidos" (ponencia conjunta de Jorge Alterini, Pablo Corna y Alejandra Vázquez) (...)".
 
En la doctrina argentina también Quiroga Lavié destaca que las tierras indígenas se encuentran absolutamente fuera del comercio (tanto privado como público) y que, por esa razón, no pueden ser expropiadas por el Estado ni sujetas a prescripción adquisitiva. En tal sentido, remarca que "(...) implica una profunda modificación de los tradicionales regímenes establecidos en el Código Civil (...). En su texto Constitución Argentina Comentada, este autor sostiene que como la propiedad indígena está fuera del comercio, no puede ser enajenada ni transmitida y se debe aplicar entonces el régimen sobre el dominio público, establecido por el derecho administrativo y que esto debe ser entendido así aunque las tierras sean provinciales.
 
(...) la incorporación de la propiedad comunitaria en el Código Civil en los términos proyectados daría lugar a múltiples inconstitucionalidades tanto por acción como por omisión. Por acción, por ejemplo, al reconocer a los pueblos indígenas como personas jurídicas de naturaleza privada (art. 148 H) pues contradice abiertamente su consagración constitucional como nuevos sujetos colectivos que preexisten al Estado argentino y que implica un reconocimiento legal de carácter declarativo y no constitutivo de derechos, o al hacer depender el derecho a la propiedad comunitaria de la inscripción previa de la comunidad en un registro. Por omisión, porque no incorpora los estándares internacionales de derechos humanos en la materia, desarrollados por los órganos de aplicación e interpretación de los tratados previstos en el art. 75 inc. 22 que, de acuerdo a una conteste jurisprudencia de nuestro máximo tribunal son obligatorios para el Estado argentino. (...)".
 
Las organizaciones mapuches protestan desde 2013. Según escribió Felipe Gutiérrez en Informativo Mapuexpress, de inmediato el Consejo Plurinacional de los Pueblos Indígenas, de la Organización de Comunidades de Pueblos Originarios (ORCOPO) comenzaron a reclamar tanto a Cristina Fernández de Kirchner como al autor principal del texto del Código, Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero no fueron escuchados.
 
Acerca del perjuicio que les provoca el nuevo Código Civil se citó tanto a Jorge Nahuel, Werken de la Confederación Mapuche de Neuquén como a Bernardino Cabrera, cacique de la Comunidad Mbya Guaraní Tekoa Katu Pyry; además del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS, que preside Horacio Verbitsky); y el Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa). Dicen que la Presidenta de la Nación les prometió, inicialmente retirar la inclusión de la Propiedad Comunitaria de Tierras del texto del Código Civil nuevo, pero eso no sucedió.
 
Todo indica que así podrán 'blanquearse' o legitimarse tierras que fueron transferidas sin el necesario título de propiedad. Sin duda, un negocio multimillonario encubierto en la forma de nuevo Código Civil de la Nación. Desde hace años ocurre una gran extranjerización de tierras en la Argentina, a partir del arribo de los hermanos Benetton, vía la Compañía de Tierras del Sud Argentino; y todos esos arribos no siempre fueron respetuosos del Derecho al punto que la propia Cristina Fernández de Kirchner prometió limitar esa tendencia, algo que nunca hizo, y con el nuevo Código Civil le permitirá a numerosos latifundistas poner en regla sus propiedades. 

Dejá tu comentario