DÓLAR FUTURO

Revés para Cristina: La Cámara Federal confirmó a Bonadio

La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal rechazó el pedido de recusación que Cristina Fernández presentó contra el juez Claudio Bonadio en el marco de la causa que investiga la venta de dólar a futuro.

La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal rechazó este jueves (28/04) un planteo de recusación de Cristina Fernández contra el juez Claudio Bonadio en marco de la causa por la venta de 'dólar futuro'.

Los jueces Horacio Rolando Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun rechazaron el argumento esgrimido por la defensa de la ex Presidente, quienes acusaron a Bonadio de "enemistad manifiesta", al considerar que "la causal de enemistad manifiesta -de interpretación restrictiva- '...debe manifestarse a raíz de una situación o relación personal y no de medidas o actitudes derivadas de la actividad procesal de las partes o del órganojurisdiccional...'”

Y continuaron: "las manifestaciones públicas de la recusante no revelan con la suficiencia que exige la norma y la jurisprudencia un ánimo adverso que proyecte directamente sus efectos a la función jurisdiccional que desarrolla en esta causa. Antes bien, y tal como se recrea en el escrito, el juzgador optó por reservarse todo comentario personal señalando tan sólo que si se le estaba atribuyendo una conducta delictiva, el camino correcto era la formulación de la denuncia respectiva".

"Más allá del modo en que han sido reflejadas sus vicisitudes en los artículos periodísticos de opinión, lo cierto es que, objetivamente, las “presiones” a que hiciera referencia genéricamente el a quo en medios de comunicación tampoco llevan intensidad suficiente como para sostener que su imparcialidad frente al caso se haya visto conmovida", aseguraron.

Con respecto a los argumentos recusatorios basados en la existencia de diversos juicios políticos que pesan contra Bonadio, la Cámara explicó que “la mera interposición de denuncias contra un juez, que no haya dado lugar a la formación de juicio político, no es suficiente como para que prospere la causal de recusación prevista".

De este modo, será Bonadio el que decida si procesa o no a Cristina. Recordemos que ayer vencía el plazo para que el magistrado ordene su procesamiento, aunque especialistas advirtieron que se trata de un plazo ordenatorio, sin consecuencias procesales. “Si se vencen los diez días no pasa nada porque es un plazo que hay en el Código como para que haya un parámetro, pero que si se pasa no es nulo su accionar”, explicó al portal El Destape el abogado penalista Francisco Onetto.

“En el caso que tendría que sí o sí resolver es si se trata de un plazo perentorio. Acá, por más que haya incumplido con el plazo, la Cámara no le va a decir nada porque no es nulo su accionar y tiene validez”, apunta el abogado penalista Ricardo Huñis.

Cabe recordar que Bonadio ya había rechazado la recusación presentada en su contra por Cristina, argumentanto que "las razones expuestas no presentan el mínimo sostén jurídico requerido para el apartamiento del Juez natural de la causa y por ello habrán de ser rechazadas por el suscripto".

En su pronunciamiento, Bonadio no hizo lugar al argumento de enemistad que interpuso la defensa de la ex mandataria, al indicar que “se considera fundada sólo en el supuesto de que el estado de espíritu de la enemistad, odio o resentimiento, se manifiesten por actos externos que le den estado público”. En ese línea, el juez indicó que, en forma pública, nunca se refirió a la ex Presidente de manera irrespetuosa y “mucho menos con contenido de odio o que encierre animadversión”.

 

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