Fisco insaciable: Mientras no brinda servicios, quiere ahora arrasar con los monotributistas

Mientras cada día el Estado brinda menos contraprestación a la exorbitante presión impositiva que ejerce sobre los contribuyentes, la Afip ahora quiere ir por los monotributistas. La mayoría de los medios no critica la angurria tributaria por temor a las represalias de la gente de Roberto Lavagna.

Los aportantes al sistema de monotributo deberán reempadronarse y cuentan con tiempo hasta el 20 de julio próximo para hacerlo.

El decreto 806/04 estableció los lineamientos de este mecanismo que obliga a más de 1,3 millón de monotributistas a recategorizarse.

Ellos deberán realizar el trámite antes del 20 de julio próximo y repetirlo cada 4 meses. Aquellos que cumplan regularmente con el pago serán bonificados

Hoy, el monotributo tiene muy pocos aportantes a pesar de la cantidad de inscriptos, ya que fue uno de los primeros impuestos que dejaron de pagarse con la crisis de 2001. Se calcula que sólo un tercio cumple con sus obligaciones mensualeEl nuevo régimen del monotributo obligará a todos los inscriptos a reempadronarse en alguna de las nuevas categorías establecidas.

Los plazos son extremadamente cortos: van del 1º al 20 de julio próximos. La reglamentación del régimen —Decreto 806— fue publicada ayer en el Boletín Oficial. Con esta medida el Gobierno busca reordenar el sistema y ampliar la base de contribuyentes para recaudar más.

Hoy se estima que del total de inscriptos, sólo 400.000 están al día con el pago del impuesto, en tanto otros 200.000 lo hacen de manera esporádica. Es decir que más de la mitad de los inscriptos no está pagando.

Quienes no se reempadronen serán dados de baja automáticamente. Si más adelante el contribuyente reinicia sus actividades, podrá reingresar al régimen.

Entre las modificaciones más importantes se pueden citar:

** Generalización: A partir de ahora los pequeños contribuyentes podrán adherir al régimen simplificado aun cuando se dediquen a actividades que están exentas en el impuesto a las ganancias y el IVA. Esto ahora no era así, dado que el monotributo, cuando se creó, no se tomó como un impuesto nuevo sino como un sustituto de ganancias e IVA para pequeños contribuyentes.

** Recategorización: Se pone en marcha una recategorización cuatrimestral, cuando hasta ahora era anual. Los pequeños contribuyentes deberán recategorizarse cuando haya cambiado alguno de los parámetros que determinaron su inclusión en una categoría: su nivel de facturación, los metros cuadrados cubiertos que posee su negocio y la energía que consume. Si no hubo cambios en sus parámetros no deberán recategorizarse, pero si teniendo que hacerlo no lo cumplieron, AFIP podrá cambiarlos de categoría de oficio.

** Topes: Hasta ahora tanto las actividades de venta de bienes como de servicios y locaciones tenían un límite máximo, para poder entrar dentro del monotributo, de 144.000 pesos anuales de facturación. En lo sucesivo ese límite queda vigente solo para bienes, en lo que están incluidos producción y comercialización, pero en servicios el tope cae a la mitad, 72.000 pesos anuales. Eso determina que una gran cantidad de proveedores de servicios tendrán que salir del monotributo y encuadrarse en el régimen general de IVA y Ganancias. Quienes perciben locaciones como ingreso también tendrán ese límite máximo de 72.000 pesos.

** Responsables no inscriptos: Los profesionales que ganaban hasta 36.000 pesos anuales tenían hasta ahora la opción de mantenerse como responsables no inscriptos en el IVA. Esa posibilidad desaparece y tendrán la obligación de optar entre inscribirse en el régimen simplificado o ingresar como inscriptos en el IVA. Los profesionales que hasta el último día hábil de junio no hubieran ejercido esa opción, deberán hacerlo el 1ø de julio. En junio no se pagó el monotributo ya que se estableció que a partir de ese mes el pago dejaría de ser por mes adelantado para pasar a ser por mes corriente.

** Premios: Entra en vigencia también un nuevo beneficio o incentivo, consistente en que a los pequeños contribuyentes que hubieran cumplido en tiempo y forma con el pago mensual del monotributo y con su componente previsional, si correspondiere, se les reintegrará el importe de una de las doce mensualidades que paguen. La forma de hacerlo la reglamentará AFIP, pero en principio, se pagarán las doce mensualidades y una se devolverá.

** Contribuyente eventual: También entra en vigencia el nuevo régimen para contribuyentes eventuales que facturen hasta 12.000 pesos anuales (ese importe se tomará anualizado, es decir no como mil pesos mensuales). Pagarán el 5% de lo que facturen. Está dirigido específicamente a personas que realicen actividad independiente con caracter eventual u ocasional, como artesanos que vendan objetos en la vía pública en lugares autorizados, pero es incompatible con cualquier otro trabajo independiente o en relación de dependencia.

** Relación de dependencia: Se elimina la categoría de monotributista en relación de dependencia. Ahora el empleador deberá pagar los aportes generales.

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