Legislatura aprobó modificaciones del Código de Convivencia

La Legislatura porteña aprobó esta tarde modificaciones al polémico Código de Convivencia. Se trata de los artículos 51, 52 y 53 del proyecto de reforma. Los legisladores dieron por culminada la sesión sin tratar los puntos más conflictivos de la ley para asistir al acto "Contra la Impunidad" en la Plaza del Congreso.

En medio de un fuerte operativo policial, los legisladores porteños se reunieron para tratar algunas modificaciones del Código Contravencional. Los legisladores no trataron temas polémicos como la regulación de la prostitución, la venta ambulante, los cuidacoches y las protestas callejeras.

Las modificaciones aprobadas fueron las siguientes:

El artículo 51 sanciona a "quien pelea o toma parte en una agresión en lugar público o de acceso público", con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública, multa de 200 a 1.000 pesos o uno a cinco días de arresto.

El artículo 52, sanciona que "Quien intimida u hostiga de modo amenazante o maltrata físicamente a otro, siempre que el hecho no constituya delito, es sancionado con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública, multa de 200 a 1.000 pesos o uno a cinco días de arresto".

El artículo 53 sanciona los "agravantes" que pudieran tener las contravenciones comprendidas en los dos artículos anteriores. La sanción "se eleva al doble" cuando el responsable es "el jefe, promotor u organizador", "cuando exista previa organización", "cuando la víctima es persona menor de 18 años, mayor de 70 o con necesidades especiales" y "cuando la contravención se cometa con el concurso de dos o más personas".

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