ART: Las indemnizaciones laborales no podrán pagarse en cuotas

La Corte Suprema dispuso que las indemnizaciones no se podrán pagar en cuotas al declarar inconstitucional un artículo de la Ley de Riesgos del Trabajo. El Máximo Tribunal dispuso que "no se adecuaba al objetivo reparador" de norma. Por una mayoría de cinco votos, los ministros de la Corte entendieron que "dadas las circunstancias del caso, el sistema legal al no admitir posiblidad alguna de que la indemnización fuese satisfecha mediante un pago único, no se adecuaba al objetivo reparador contemplado por la ley".

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional otro artículo que afectará la actividad de las Administradoras de Riesgos de Trabajo (ART).

En este caso, el Máximo Tribunal dictaminó que no es constitucional el artículo 14, inciso 2-B que autoriza a las ART a pagar indemnizaciones en cuotas.

"Cuando el porcentaje de incapacidad sea superior al 50% e inferior al 66%, una renta periódica -contratada en los términos de esta ley- cuya cuantía será igual al valor mensual del ingreso base multiplicado por el porcentaje de incapacidad. Esta prestación está sujeta a la retención de aportes de la Seguridad Social y contribuciones para asignaciones familiares hasta que el damnificado se encuentre en condiciones de acceder a la jubilación por cualquier causa..."

Por una mayoría de cinco votos, el voto de los ministros de la Corte entendieron que "dadas las circunstancias del caso, el sistema legal al no admitir posiblidad alguna de que la indemnización fuese satisfecha mediante un pago único, no se adecuaba al objetivo reparador contemplado por la ley".

Este es el segundo fallo que atenta contra el régimen de riesgos del trabajo, ya que en la anterior acordada, el Tribunal abrió la vía civil para los juicios laborales, además de eliminar los topes indemnizatorios que regían para las actividades enmarcadas en el régimen.

Los fallos de la Corte apuntan a un trasfondo político que obliga al Gobierno y al Congreso a modificar la ley vigente.

Esto implica, para las administradoras y las empresas un cambio significativo en las reglas de juego, y se plantea como el fin de la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

Tras el fallo anterior, el Gobierno había admitido que presentaría un nuevo proyecto integral para modificar el régimen vigente que fuera aprobado en los 90 y marcara el fin de la industria del juicio laboral.

Para los especialistas en derecho laboral, las decisiones de la Corte reavivan esa industria, a menos que el Parlamento presente una reforma que eleve los topes indemnizatorios, y modifique el actual esquema que autoriza a las ART a pagar en cuotas los resarcimientos tras un accidente laboral.

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