Re-confirmado: El juez Griesa ordenó acciones contra la Argentina

El juez Thomas P. Griesa ordenó la apertura a prueba del expediente contra el Estado argentina, que deberá ponerse a disposición de las informaciones que requieran los acreedores (en la jerga, abrió el 'discovery'), y acerca de la inhibición general solicitada, dijo que decidirá el 16 de noviembre si congela la reestructuración.

El estudio de abogados de Guillermo Gleizer en USA, junto a la firma legal CISMA Advisors, de la Argentina, solicitaron 3 medidas al juez Thoms Poole Griesa, referentes a la Argentina:

1. Una "preliminary injunction" (medida cautelar) porque los demandantes dijeron poder demostrar, con pruebas fehacientes, que el rechazo de la medida por parte de la Justicia puede causarles un daño irreparable. Esto supone un no innovar o medida cautelar contra la Argentina.

2. Una orden del 'discovery', o sea la apertura a pruebas del expediente para investigar a la Argentina.

3. Una inhibición general de bienes de la Argentina en el exterior.

La respuesta del juez Griesa ha sido que se reserva la decisión de aceptar o rechazar el pedido de inhibición, y en 1er. lugar prefiere la orden de 'discovery', lo que complica mucho la situación argentina ante la Justicia estadounidense.

El juez de Nueva York resolverá el 16 de noviembre si congela la reestructuración.

Las autoridades argentinas, comenzando por Néstor Kirchner y Roberto Lavagna, se encuentran ahora a disposición de los requerimientos informativos de los patrocinantes de la querella. Es decir que están obligados a ofrecer toda la información que se les solicite, y caso contrario puede tomarse como un agravante que fuerce a Griesa a establecer la inhibición.

A principios de año se iniciaron varias Class Action o juicios colectivos (en especial sobre los Bonos Global 2006, 2008, 2027, 2018, 2017, 2009, 2015, 2005, 2003, 2020 y FRB).

Como el contrato que dio origen a la emisión de los Bonos Globales y Brady (FAA) es la base para reclamar su cumplimiento judicial ante un evento de Default, cualquier cambio en sus términos por la Argentina afectará la naturaleza fáctica del contrato. El FAA en sus términos actuales impide a la Argentina, como demandado, tener voz en tales cambios.

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Para ampliar la información, contactar a Guillermo Gleizer, Esq., CISMA Advisors, New York, (212) 635 0233.

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