"No es difícil encontrar a los verdaderos culpables"

A continuación, la opinión de un usuario sobre el fallo de la Corte: Las Leyes del Perdón son inconstitucionales.

Señor Director:

No está al alcance de todos el poder evaluar un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia, como el reseñado por U-24.

Pero deseo hacer resaltar que el fallo del Alto Tribunal peca por ideologismo. No es justo, por cuanto no se trata a los iguales de la misma manera. En el caso de los terroristas subversivos, o guerrilleros o como se
les quiera llamar, ellos sustentaban una doctrina contraria al Estado de Derecho y, por la fuerza de las armas, asesinando, secuestrando personas, extorsionando, poniendo bombas y cometiendo toda clase de tropelías lograron el indulto. Lograron que la Justicia, por medio de la actual composición de la CSJ estableciera que los sangrientos atentados terroristas no son pasibles de ser calificados como delitos de lesa humanidad. Es decir que, para sus actuales integrantes, el haber intentado con el empleo de los medios más violentos y el derramamiento de sangre de hermanos, derribar el gobierno constitucional surgido en 1973, no es constitutivo de delito doloso.

La prodicia puesta de relieve en mas de una ocasión, la crueldad, la modalidad de los asesinatos y, lo que resulta mas grave, la planificación de cada uno de los atentados revela que los integrantes de las bandas subversivas no eran nenes de pecho ya que estaban dispuestos a matar sin medir las consecuencias. Deducir que la calificación que sus actos merece no es la de delitos de lesa humanidad es tratar demasiado superficialmente un tema que resultó fundamental para la República, ya que su vida estaba en juego. Así como el asesinato del general Prats, resulta para nuestra Corte un delito de lesa humanidad, por los elementos que contiene la causa, no es menos cierto que los asesinatos practicados por los integrantes de las bandas subversivas resultan alcanzados por la misma calificación.

Pensar lo contrario es o pecar de ingenuo o es tener una posición formada donde no campea por sus fueros la justicia sino el ideologismo barato y extremista. Cuando la Corte Suprema se pronunció en el caso Prats resaltó que se trataba de una asociación ilícita. Tal pronunciamiento tiene derivaciones insólitas, ya que si se trata de un delito de lesa humanidad y para concretarlo se formó una banda dedicada a ello, no se entiende como se pasa por alto que las autoridades argentinas de esa época son cómplices de tal evento, puesto que se pusieron a disposición de los autores elementos infraestructurales tendientes a asegurar la impunidad del hecho y a asegurar la impunidad a los autores del delito de lesa humanidad. Ciertamente hubo cómplices necesarios. Funcionarios del Estado Argentino colaboraron en el caso del agente de la DINA Arancibia Clavel. Surge de la misma resolución del tribunal citado.

Para esa época era presidente el general Juan Domingo Perón. Al no encontrarse prescripto tal accionar, ya que la Corte sostiene la teoría de la no prescripción de acciones de esta naturaleza, debió la Corte efectuar
la denuncia de lo sucedido, a las autoridades pertinentes, al menos, debió haber advertido que en la Argentina no se dio un solo paso procesal tendiente a individualizar al o a los autores locales, sus cómplices y auxiliadores para que sean sometidos al debido proceso. Del fallo de la Corte surge que este operativo contó con la necesaria participación de diversos elementos estatales. De allí a que existieron autores mediatos hay
un paso. Quienes son es una tarea que le compete a la Justicia, la que, a la fecha no ha movido un dedo para individualizarlos y someterlos a proceso.

Los mas despistados infieren de los elemento de juicio, en general, que todo se inició a partir del 24 de marzo de 1976, pero no es así. Ya anteriormente las autoridades de nuestro país estaban en tratativas con las autoridades pertinentes de otros países limítrofes para encarar el peligro subversivo.

Como ciudadano me llama la atención el ensañamiento puesto de relieve hacia los militares, ya que incluso en el caso de Prats se pasa por alto profundizar su investigación para descubrir la "conexión local". Si los
incriminados en tal conexión hubiera sido militares del Proceso, la causa habría tomado un giro espeluznante, pero como fueron las autoridades destituidas por el golpe de Estado, parecería que una amnesia contagiosa se
apodera de todos los que tienen que resolver al respecto. Pasa lo mismo con los crímenes que, en gigantesca sucesión, se concretaron en 1973, 1974, 1975 y parte de 1976 por parte de la Triple "A". Nadie se molestó en averiguar quien o quienes ordenaron asesinar a simpatizantes de ideología izquierdista. Los desaparecidos de esa época al parecer, no tenían parientes o amigos que se hubieran ocupado de denunciar su secuestro por elementos al servicio del Estado. Parecería que tales aberrantes actos, no fueron tampoco crímenes de lesa humanidad, no prescriptibles, ni amnistiables ni objeto de indulto. Parecería que a nadie le interesa la suerte corrida por esas personas.

Es vox pópuli que el secuestro o en la desaparición de estas personas tuvieron mucho que ver elementos de extrema derecha, alentados, ayudados y protegidos por las autoridades estatales de esa época. Pero, no se hizo nada como para poder encontrar al o a los culpables de esta asociación ilícita. Parece mentira que investiguemos la suerte corrida por un militar chileno, a manos de un agente de Pinochet y sus secuaces y somos incapaces de investigar la suerte de cientos de personas, de cientos de argentinos que fueron privadas de su libertad en forma ilegítima y cuyos cadáveres fueron apareciendo en forma paulatina, con signos de horribles torturas.

No es difícil encontrar a los verdaderos culpables. Llama la atención que nadie se encuentre extrañado por esta dualidad de investigación según sean los imputados. Atento lo resuelto, repito, por la Corte Suprema de Justicia, no hay impedimento como para seguir con tales investigaciones.

Salvo que se considere que el homicidio de Prats haya sido un delito de lesa humanidad y los cientos de homicidios de estos argentinos, sean simples delitos cuya acción penal ha prescripto. Catón el Censor.

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