Una saludable decisión (acerca de la renuncia de Belluscio)

El autor -docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Plata- tiene un punto de vista elogioso de Augusto Belluscio, el ministro saliente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y así lo expresa:

POR JUAN PAULO GARDINETTI (*)

La sorpresiva renuncia a su cargo por parte del Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, además, Vicepresidente de dicho cuerpo, Dr. Augusto César Juan Belluscio, merece ser valorada como un gesto de hidalguía y responsabilidad republicana, pues, amén de reflejar una valiosa postura ética, parece dar nuevos aires a la aspiración de que, llegados a determinada edad, los miembros de la judicatura, en sus diversas jerarquías, deberían, o bien dejar su cargo, o someterse a nuevos tests de idoneidad intelectual, moral, y aún física y psicológica.

Como primera cuestión, en tanto el Juez renunciante ha proclamado no querer verse -eventualmente- favorecido con su propia opinión como magistrado, vertida en el caso "Fayt, Carlos Santiago", de 1999, donde se declaró la nulidad de la cláusula constitucional que establece que los jueces deben retirarse a los 75 años u obtener un nuevo Acuerdo por parte del Senado de la Nación (art. 99 inc. 4to. de la Carta Magna), debe ser aplaudida, pues habla a las claras de la intención de separar -y mostrar separados- los ámbitos decisionales de la función judicial, y los propios intereses del decisor. Y en nuestra sufrida República, por desgracia, ello es algo bastante infrecuente.

En segundo lugar, si bien la opinión del Dr. Belluscio en el caso citado fue, justamente, contraria a la validez de la norma constitucional que fija un límite -en mi modesta opinión, suficientemente razonable- a la permanencia en el cargo de los magistrados, su gesto al renunciar, paradójicamente, viene a reavivar el debate en torno a la necesidad de dotar de mecanismos e institutos que permitan la renovación y oxigenación del Poder Judicial, sin mengua por supuesto de la independencia e inamovilidad de los magistrados. Fijar un límite, por cierto bastante alto, como el de 75 años, para verificar las aptitudes de un juez a efectos de continuar en sus funciones, no parece carecer de fundamento, racionalidad y proporcionalidad.

Seguramente, también asistiremos a un nuevo debate sobre la conveniencia o no de reducir la cantidad de miembros de la Corte Suprema, cuyo número, históricamente, siempre fue menor al dispuesto desde el año 1990; discusión asimismo saludable y que puede abrir la puerta a una mayor agilidad en la resolución de las causas que llegan al Alto Tribunal.

Finalmente, no puedo pasar por alto el dato -no menor, por cierto- de que el Juez Belluscio ha elegido una fecha a mediano plazo para su retiro (que se efectivizará el 1° de septiembre del año en curso) para poder cumplir con su cometido como Presidente del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados del Poder Judicial de la Nación, cuerpo que deberá en breve expedirse sobre dos graves y sonados casos de presunta corrupción e ineficiencia judicial.

He allí, entonces, un claro sentimiento de deber republicano, y de enorme responsabilidad, pues sea ella, tal vez, su última contribución a la judicatura, de un hombre que, con aciertos y errores por supuesto, desempeñó con dignidad y sapiencia la más alta de las funciones judiciales de nuestro país.

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(*) Juan Paulo Gardinetti es abogado, y docente de Historia Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Plata.

Especial para ImpulsoBaires/

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