Exclusivo: Los apuntes que llevaron los inspectores de Ibarra

Muy difícil de explicar lo ocurrido hoy en la Legislatura porteña. Los inspectores citados como testigos llevaban apuntes y habían participado de una reunión el día lunes con Aníbal Ibarra y su defensor, Julio César Strassera. Aquí los textos de esos apuntes.

El 7 de abril de 2005, el inspector César Salvador Suárez Carpezano recibió en su domicilio de Donato Álvarez 520, en la Ciudad de Buenos Aires, la notificación para testimoniar ante el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº1, Secretaría 105, en la causa 'Chaban, Omar Emir s/ homicidio', y se presentó ese mismo día a las 12:15, retirándose a las 13:50.

¿En qué se diferencia y en qué coincide su declaración por entonces con lo ocurrido hoy en la Sala Juzgadora de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires? Una pregunta que intriga a quienes siguen los detalles de la investigación por la tragedia ocurrida durante el incendio del local bailable 'República Cromañón', el 30 de diciembre de 2004.

Ese mismo día, Carpezano, quien trabaja en la D4102irección General de Fiscalización y Control, de la Subsecretaría de Control Comunal, en la Secretaría de Seguridad porteña, presentó declaración ante la Dirección de Sumarios, en la Procuración General del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, a pedido de Jorge Casigna.

Entre las páginas que acompaña a las copias de esas citaciones hay 1 hoja sin membrete con indicaciones a mano acerca de información a tener en cuenta en su testimonio, por ejemplo que el certificado que expide Bomberos de la Policía Federal Argentina estaba vencido, en el caso de 'Cromañón' en 2001 y que fue presentado en 2004 "y no pasó nada". También aparece "Ojo con la pregunta si estaba para clausurar".

¿Testigos inducidos? Esta es la pregunta que corresponde aún cuando Julio César Strassera, el abogado de Aníbal Ibarra afirme que es habitual que fiscales y testigos o abogados defensores y testigos se encuentren para aclarar cuestiones del testimonio.

De pronto, la defensa de Aníbal Ibarra se denunció no ante la opinión pública -que en esta instancia importa más bien poco- ni ante los medios -donde ya es sabido que Ibarra aplicó con generosidad extraordinaria una pauta publicitaria que podría haber asignado en forma más eficiente-, sino ante los integrantes de la Sala Juzgadora, donde algunos legisladores que dudaban acerca de cómo votar.

Ellos tienen que definir la suerte de Aníbal Ibarra: si puede regresar a cumplir con su mandato de jefe de Gobierno de la Ciudad, o si le caben las acusaciones de mal desempeño en sus funciones y por lo tanto queda relevado del cargo, y hasta podría ordenarse su inhabilitación para ejercer funciones públicos durante un período determinado.

Los inspectores municipales citados por la Sala Juzgadora parecían salidos de una fotocopiadora: sus relatos eran muy similares, según le hizo notar la legisladora Florencia Polimeni a su respetado colega Helio Rebot.

Acaba de declarar la inspectora Marta Cali, y César Carpenzano no se apartaba ni en una coma de lo afirmado por ella acerca de la inspección del local bailable 'Cemento', de Omar Emir Chabán, también administrador de 'Cromañón'.

"Sí, todo muy prolijo", respondió Rebot. "Como si estuvien un guión pero... ¿qué está leyendo éste?".

Rebot, entonces, le pidió al presidente de la Sala Juzgadora, Julio Maier, que Carpenzano explicara qué estaba leyendo.

"Unos apuntes que me dio el abogado", entendió Rebot que le respondió Carpenzano.

"Perdón, ¿qué abogado?", repreguntó.

Entonces Carpenzano comenzó a explicar, ante una Sala Juzgadora atónita, que los inspectores citados se habían reunido el lunes con Aníbal Ibarra y su abogado, Julio César Strassera, quienes les habían dado algunas indicaciones.

Entonces Rebot pidió los papeles que tenía Carpenzano a mano y se encontró con varios juegos de apuntes acerca de qué debía testimoniar, algunos manuscritos y otros escritos en computadora.

Por ejemplo pudo leer:

> "Con fecha 1º de junio de 2004 comencé a trabajar en la UPI (Unidad Polivalente de Inspección), mediante la convocatoria del Colegio de Arquitectos para ingresar como personal contratado, previa presentación de curriculum vitae y examen de aptitud psicológica. Me asignaron al área de 'especiales', es decir, control de hoteles, geriátricos y centros médicos".

> "Con fecha 11 de julio de 2004 se me convocó por 1ra. vez a realizar inspecciones nocturnas (convocatoria cada 15 días por un jornal diurno de trabajo), es decir, a poco de un mes de mi ingreso laboral".

> "Por aquel entonces aún no tenía contrato firmado ni credencial ni mucho menos talonario de actas de comprobación asignado. Recién por disposición 415/SJYSU/2004 de fecha 30 de junio de 2004 se formalizó la relación laboral mediante la firma de contrato de 6 meses de duración, en tanto que la entrega de credencial y asignación del talonario de actas se me otorgó en el mes de octubre de 2004, aproximadamente".

> "El 2 contrato se formalizó por 3 meses de duración desde enero hasta marzo de 2005, suscribiéndolo recién el 3 de marzo de 2005. Hasta el día de hoy y ya vencido el anterior, aún no se suscribió el 3er. contrato. Las renovaciones contractuales se realizan de forma tardía y actualmente hay inspectores ingresados en septiembre que no tienen credencias ni actas".

> "En esas condiciones, fue convocado al trabajo nocturno por 1ra. vez desde mi ingreso a las 23:00 en la sede de Lavalle (N. de la R.: hay un número pero con una corrección encima), junto a otros 3 inspectores más y en donde se nos asignó sin conocimiento previo, 5 direcciones entre las cuales se encontraba Cemento; he de señalar que sólo sabíamos la dirección y no nombre fantasía, enterándonos en el momento de llegada al lugar de qué se trataría la inspección, en este caso local de baile Clase C (Cemento), el 1er. lugar un local cerrado, 2 locales más en San Telmo, el 4to. era 'Cemento' y un 5to. bailable (extranjeros peruanos)".

> "El coordinador determina la clausura o no. Si puedo agregar que la modalidad o exigencia de cumplimiento de las inspecciones ha ido cambiando con el tiempo era una hasta agosto otra, hasta diciembre y otra hoy, que ante la falta de un matafuego o tarjetas se clausura".

> "También dependía del coordinador de turno".

A mano se agregó:

> "Ofrezco prueba de los distintos criterios en los diferentes momentos y de los diferentes coordinadores a todas mis actuaciones que tuve intervención hasta el día de hoy. Informe técnico legal en noviembre (época más severas)".

Otra vez en PC:

> "La modalidad de trabajo es solicitar al contribuyente la documentación que avale el funcionamiento del local y la realización de una inspección visual de las instalaciones".

> "En este caso específico entramos a una office que se encontraba al costado de la entrada, reducido, en el cual había un escritorio en donde nos apoyamos para ver la documentación entregada por un empleado, posteriormente llega el contribuyente Omar Chabán, y luego ingresa el hermano Yamir, quien con agresiones verbales y físicas increpa a la inspectora Marta Cali".

> "buscando la documentación solicitada por nosotros, la cual se encontraba en forma desordenada, fue entregada parcialmente".

> "Después de constatar la documentación, realizamos la inspección ocular del establecimiento".

> "Dentro de la documentación aportada por el administrador o contribuyente nos aporta una copia de una intimación recibida en fecha 31 de mayo y otra copia de una presentación de la cual hace mención a la documentación que solicitamos del mes de junio, bajo un número de registro 7477 de fecha 9/6/04. Doy prueba de ello fojas, también he de observar 2 errores en el informe técnico labrado por el área Legal (doy prueba en foja 9/10) y además no se informa la totalidad de la actuación por cuanto no se expide por la veracidad de las tarjetas de matafuegos, y no verifica la copia de descargo presentada al momento de la inspección (copia que acompañamos al informe para su investigación) y por último observo que el área de Legales tuvo en sus manos dicho informe y no hace mención a la clausura por disposición".

> "Una vez terminado el recorrido y revisada la documentación del sitio informamos por handy a Ignacio Penco, coordinador nocturno, el estado de funcionamiento, higiene y seguridad, y se recibió las instrucciones a seguir (labrar actar e informar)2.

> "Siempre se informa a la base la situación con la que nos encontramos y se nos da las directivas a seguir. La orden debe ser acatada sí o sí".

> "Las actas que se labraron fueron por falta de higiene y seguridad (solicitamos el informe para saber qué actas y contenido labramos)".

> "Falta de higiene. a) Falta de higiene general en baños, barra, salón, pasillos y no exhibe certificado de fumigación y desinsectación".

> "falta de seguridad. b) No exhibe lanos de habilitación, ni plano de instalación contra incendio, ni plano de instalación termomecánica, exhibe certificado de bomberos vencidos".

(...)

> "Además de las actas (triplicado) se labró un acta de secuestro de inventario por las tarjetas. Entregándose las copias respectivas al contribuyente. Si se nos pregunta si el lugar estaba para clausurar, el inspector observa, informa y acata órdenes, en este caso se informaron las faltas y se labraron las actas".

A mano se agregó: Exp. 14460/05 Sum. 142/05.

En otro juego de hojas, César Carpenzano tenía las consideraciones ya citadas y además:

> "No sé cuál es el procedimiento administrativo seguido, sí puedo sostener que cuando consideran que una actuación está mal realizada o incompleta, se vuelve o bien se intima a solucionar faltas u observaciones de las cuales no se labraron actas, y hasta se clausura por disposición, como otra instancia".

Esto último subrayado y una leyenda: "Explicar".

> "Fui citado por un controlador una sola vez, en la cual el administrado terminó disculpándose. Nunca me negué a clausurar, o a realizar una determinada inspección. Dan mi de mis actos los coordinadoras que he tenido Mariela Volando, Héctor Soler, Patricia Moroni (nocturno Telias, Cavallero)".

> "He coordinador el área de especiales por las tardes en la 2da. quincena de marzo de 2005, en reemplazo de la Subcoordinadora y coordinador".

Al lado de esto hay una leyenda "No".

> "Estoy seguro de un antes y un después de Cromañón para todos, los administrados, el gobierno, DGFyC, los inspectores y los controladores por cuanto supongo que los cobros de multas son más severos hoy, ante las mismas faltas, hay que ver cuanto se le cobró a Chaban por lo actuado y cuanto saldría hoy las mismas faltas".

Esto último con una leyenda a mano: "No".

También a mano:

> "1. No se clausuró por orden expresa del coordinador nocturno, pero los inspectores observamos mediante actas absolutamente todas las irregularidades encontradas".

> "2. Hablar de las escenas de furia de Chaban".

¿Es o no es una inducción del testimonio del testigo?

Además, es evidente la decisión de la defensa de Ibarra de arrojar responsabilidades sobre Chaban.

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