UNA BATALLA PERDIDA

A la deriva, el Gobierno relativiza la propuesta de pesificación de Cristina

Nuevamente, salió a relucir un clásico del Gobierno. Que sí, que no, y finalmente se corta la luz. Esta vez, ocurre con el proyecto de pesificación propuesto por Cristina Fernández, que lleva todas las de perder. Ahora dicen que no hay prevista una pesificación de los contratos, y que: "si se estipuló dar moneda que no sea de curso legal", el deudor podrá pagarla en pesos a la cotización oficial. Pero que solo se apunta a dar "una opción" al comprador o inquilino, y que los contratos que se firmen en dólares y establezcan en su texto que deben ser cancelados en dólares, deberán ser pagados en dólares. Como sea, hay una sola constante: el Gobierno permanece a la deriva cuando no sabe qué hacer.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) El ministro de Justicia, Julio Alak, salió esta mañana a relativizar la pesificación de los contratos, propuesta que Cristina Fernández,  sobre la que informó en la mañana del domingo 10/06 Urgente24, y aseguró que lo único que se busca es "dar una opción" a los compradores e inquilinos, aunque sólo en ciertos casos.

Según el funcionario, los contratos que se firmen en dólares y establezcan en su texto que deben ser cancelados en dólares, deberán ser pagados en dólares.

"El que quiera hacer un contrato de locación de su inmueble en dólares lo puede hacer tranquilamente y el que quiera poner en el contrato que lo quiere cobrar en dólares, podrá hacerlo tranquilamente", afirmó hoy el ministro en declaraciones a la 'Televisión Pública'.

Según Alak, esto es así porque el contrato entre privados estaría por encima del nuevo Código Civil y Comercial.

El texto que el Gobierno envió al Congreso propone unificar los códigos Civil y Comercial. Ese proyecto fue elaborado por una comisión en la que participaron más de 100 juristas. Pero, a último momento, el Ejecutivo incluyó algunos pocos cambios, y uno de los principales es el artículo que quedó con el número 765, que establece la posibilidad de cancelar en pesos las deudas contraídas en dólares.

Ese artículo, tal como fue enviado al Congreso, lleva por título "Obligaciones de dar dinero" y establece textualmente: "Concepto: la obligación es de dar dinero si el deudor debe dar cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cierta cantidad de cosas y el deudor podrá liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal".

El texto, además, establece que la única moneda de curso legal en la Argentina es el peso. Este punto sí fue ratificado por el funcionario.

El alcance del artículo 765 del proyecto oficial no puede ser interpretado de otra manera que como una pesificación ya que el texto es bastante claro frente al original: "la obligación debe considerarse como de dar sumas de dinero".

Alak lo nego, sin embargo, y dijo que la posibilidad de pagar en pesos al cambio oficial es solo para los casos en los que un contrato no especifica que la deuda deba cancelarse en dólares. "Se le está dando una opción al comprador o al inquilino" para los casos en los que "las partes no lo han incluido expresamente", aseveró.

"Si el contrato dice vendo en dólares y recibo dólares", añadió, "se puede ejecutar" por incumplimiento si el deudor no paga lo acordado en billetes o depósitos en la moneda pactada.

El texto propuesto, aseguró el ministro, "no prohíbe depósitos en moneda extranjera ni contratos de compra-venta ni alquileres en moneda extranjera".

# La propuesta

En 2011, Cristina Fernández pidió a una comisión de notables que trabajaran en la unificación del Código Civil y el Comercial. El producto final lleva la firma de los jueces de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco y la jurista mendocina Aída Kemelmajer.

Sin embargo, el Ejecutivo se tomó varias semanas para corregirlo y le hizo 16 cambios. Entre estos últimos está el artículo 765, por el cual se vuelve al sistema anterior a la ley de Convertibilidad. El texto dice que si por el acto por el que se ha constituido la obligación, "se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial".

Un punto clave de este artículo corregido por la Presidencia es que las obligaciones tomadas en moneda extranjera son consideradas como obligación de "dar cantidad de cosas" y no como decía el anteproyecto de Lorenzetti y Kemelmajer, que hablaba de una obligación de dar "sumas de dinero". Así, el Gobierno estaría desalentando que se celebren contratos en dólares, ya que llegado el caso un juez deberá considerarlos "cosas" y no podrá aplicar actualizaciones (intereses) como sí pasaría si se celebran en pesos, dado que éstos últimos son los únicos considerados sumas de dinero.

Así, la propuesta le da al deudor de una obligación en dólares la potestad de cancelarla en pesos, calculando el monto al tipo de cambio oficial, ocasionando hoy una pérdida para el acreedor.

Por otro lado, pone en cuestión de qué manera se va a medir el valor real de una deuda, dado que, con los actuales niveles de inflación y la prohibición legal de indexar que aún rige, no habría cómo actualizar una deuda. Si se permitiera indexar, no hay una medición confiable de la inflación. Sin esas condiciones, la pregunta es obvia: ¿quién va a prestar dinero?

El proyecto sorprendió inclusive al Congreso. Allí, puede salir todo bien o todo mal para el gobierno. Por eso, Cristina necesita el aval de la mayor parte posible del arco político, incluyendo a la oposición, para salir a anunciar a "todas y a todos" este proyecto que, como reitaramos, ensayó Eduardo Duhalde, pesificación que luego hizo asimétrica cuando incumplió su promesa de devolver dólares a quienes depositaron dólares por la incapacidad para atraerlos. Algo que ocurre también a Cristina Fernández.

 

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