LEY 14.878

El Moscato se suma a la Ley de Vinos

El vino moscato o moscatel se incorporó a la Ley de Vinos por considerarse que estas variedades han tenido un "requerimiento sostenido", no sólo para el mercado interno sino también para la exportación.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- El vino moscatel, fue incorporado al artículo 17 de la Ley 14.878, definiéndolo como el producto obtenido a partir de la fermentación de uvas frescas que proviene al menos en un 85 por ciento de las variedades moscato bianco o muscat blanc; moscatel de Alejandría o zibibbo moscatel, moscatel amarillo, moscatel rosado, moscatel de Hamburgo y moscatel Giallo.

La decisión fue adoptada por el presidente del INV, Guillermo García, a través de la Resolución Nº 34, en cuyo texto se considera que, en los últimos años, los vinos provenientes de estas variedades han tenido un requerimiento sostenido, no sólo para el mercado interno sino también para la exportación, los cuales ya se encuentran definidos internacionalmente.

Además, considera que estos productos se elaboran y comercializan como vinos tranquilos, espumantes, frisantes, licorosos y gasificados.

Mediante un comunicado, el organismo nacional menciona como antecedente de esta decisión que a través de otra resolución de junio de 2012, aprobó un listado de las variedades de uvas aptas para ser utilizadas para la elaboración de vinos y que entre esas variedades se encuentran las utilizadas para la elaboración de los productos que se identifican con la denominación "Moscato".

También se tuvo en cuenta "que los productos denominados "Moscato" guardan semejanza con los denominados "Moscatel" y que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde reconocer la expresión "Moscatel" como sinónimo de "Moscato"".

La Resolución establece asimismo que para certificar un vino Moscato como varietal se considerará "una relación Uva/Vino no inferior a ciento treinta kilogramos de uva por cada cien litros de vino. También podrá edulcorarse de acuerdo a la normativa vigente".

Finalmente, el INV informó que los productos elaborados con las variedades señaladas podrán servir, de acuerdo a la decisión de los bodegas, de base para la elaboración de vinos moscato o moscatel, especial, gasificado, espumante, espumante dulce natural, frisante natural o frisante, dulce natural y liviano o cosecha temprana.

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