JUAN PABLO CHIESA

¿Y para cuándo el blanqueo laboral?

Se estima que 40% de la población está en clandestinidad laboral. La desocupación se posiciona en 10.2% y los índices de recaudación nacional en materia de cargas sociales reflejan una clara baja en los meses de agosto y septiembre, afirma el presidente de la Asociación de Profesionales Representantes de Emprendedores y Empresarios Afines.

El verdadero camino para combatir el empleo en negro sin alterar el espíritu “protectorio” de la Ley de Contrato de Trabajo, es eliminar el temor de las empresas a emplear trabajadores sin que ello culmine en un endeudamiento, debido al alto impuesto al trabajo y la presión fiscal, ya que estas cargas son las que ocasionan el principal problema del empleo en la Argentina.

Dichas cargas, comúnmente conocidas como “Cargas Sociales”, son los denominados impuestos al trabajo que solventa el empleador por cada empleado a cargo.

Como se ve, entonces, el problema no reside en que las empresas no otorguen empleo, sino que no pueden hacerlo, siendo el resultado que se dejen tentar y empleen trabajadores sin registrar.

Veamos un ejemplo:

Para que le quede a un trabajador en el bolsillo un Salario de $15.000, el trabajador debe tener como básico “bruto” de $18.080 (17% aportes). El costo laboral para la empresa, por cada empleado, es $22.239 (23% contribuciones).

Las empresas tienen su nómina en negro

El ahorro es de $7.232 por cada empleado. 

Esta suma es muy tentadora y esta tentación alza el empleo informal. Uno de los principios básicos para cualquier política tributaria consiste en que la carga resulte posible de pagar. Cuando la evasión comienza a resultar una gran atracción por el monto en disputa, resulta que la carga es ineficiente. Algunos legisladores y funcionarios padecen de ignorancia tributaria, para empezar.

Los especialistas creemos que es momento de impulsar un plan de blanqueo laboral mediante una reforma laboral, sin necesidad de aborar la Ley de Contrato de Trabajo ni avasallar ningún derecho laboral. 

El blanqueo laboral pretende beneficiar a los empleadores que regularicen a sus dependientes, alivianando el costo laboral y la presión fiscal en materia impositiva. A su vez, le reconoce al empleado no registrado, aportes y contribuciones de los periodos que trabajó en la clandestinidad.

El blanqueo laboral no trasciende por la modificación de las leyes laborales, pues la reforma laboral pasa por la flexibilización en materia de generar más empleo evitando el estrangulamiento de las empresas a la hora de contratar personal.

Las empresas no generan empleo, no porque no quieran, sino porque no pueden.

No pueden porque las medidas del gobierno de turno, en materia laboral, residen en las cargas sociales que representan en una empresa, por cada dependiente, el 40% de su salario y una seguridad jurídica que está en manos del Poder Ejecutivo cuando debería estar en la mesa de la Justicia.

La reforma mediante el blanqueo laboral, significaría que las empresas puedan generar empleo genuino que no sea una carga impositiva y no las comprometa a un futuro de endeudamiento y problemas legales.

La Argentina tiene el costo fiscal al trabajo más alto. Del mismo modo, necesariamente debe haber una distinción entre las grandes y pequeñas empresas buscando una diferencia de gradualismo entre las contribuciones a la Seguridad Social y a la carga impositiva.

El problema no solo reside en el costo laboral, sino también en el

** bajo financiamiento para la adquisición de bienes productivos,

** los impuestos,

** la debilidad de la operatividad de la ley y

** la baja de consumo,

todas estas variables negativas que caminan en la misma vereda, y a contramano, de las pequeñas y medianas empresas.

Sin duda, esta reforma debe apuntar a la generación de empleo genuino. En Argentina ya estamos con 10% de desempleo, siendo una de las principales causas que aumentan la pobreza.

La corrección de la reforma laboral debe referirse al alto impuesto al trabajo y el elevado costo de conflictividad que ello deriva. A ello se debe sumar la falta de confianza en la equidad y la eficiencia de la Justicia laboral, lamentablemente “maniatada” por el gobierno de turno.

En la medida en que el empleador debe afrontar enormes dificultades y riesgos en materia de costos laborales por los ahogos fiscales, crece su resistencia a incorporar nuevos dependientes. Esta realidad, nos lleva a reflexionar que es el temor a las medidas del gobierno lo que hace que el empleo no crezca, no la voluntad de las empresas.

La responsabilidad de que se tenga este escenario, sin duda atañe a políticos y legisladores, quienes demuestran que no saben cómo bajar la tasa de desempleo y aumentar el empleo genuino… o sería mejor decir ¿no quieren?

Productividad y estabilidad laboral

El crecimiento de la productividad es un resultado de la inversión y la innovación, pero estas solo son fructíferas con la generación de empleo y no modificando leyes.

En tal sentido, lo que falla es la operatividad y no la letra misma de la norma. Es necesario una reforma laboral que tome de guía las reglas para potenciar el empleo y generar oportunidades en las empresas.

La reforma laboral deber afianzar la estabilidad laboral de los trabajadores no dando rigidez a la ley laboral, sino capacitando y beneficiando de manera permanente para que se adecue al constate dinamismo propio del mundo laboral.

La estabilidad impropia que sufre el Derecho Laboral se debe regular a favor de los dependientes asalariados generando empleo genuino y altamente capacitado.

Tengamos en cuenta que el blanqueo laboral no reduce las cargas sociales, al contrario, beneficia a las empresas que tengan a todos sus empleados 100% registrados con condonaciones fiscales y tributarias que pueden servir de salvataje dentro de las empresas, teniendo en cuenta que no se vislumbra ni en el corto ni en el mediano plazo una baja a las cargas sociales.

Cómo blanquear y los requisitos de los beneficios

Para gozar de los beneficios del blanqueo laboral, toda empresa debe inscribir a un trabajador en el portal web de AFIP mediante el sistema simplificación “Mis Empleadores” mediante el Alta Temprana con el ingreso del CUIL del dependiente.

El Alta Temprana obtenida mediante la página de la AFIP es el documento válido por excelencia que prueba la fecha de ingreso efectivo a las tareas. El único efecto legal que tiene un Alta Temprana es la fecha de ingreso. Los demás datos son ilustrativos.

Una vez enviada el Alta Temprana, impresa y firmada por el trabajador, desde la fecha indicada, sucede la registración, que tiene efecto no sólo entre las partes (empleado y empleador), sino también frente a terceros, como organismos sindicales y de la seguridad social. Con esto confirmamos el único efecto legal que ostenta un Alta Temprana de AFIP, la cual es demostrar la registración del trabajador y la fecha de la misma. De ahí la importancia de tener al personal de la empresa registrado, no solo como un beneficio legal y fiscal sino para otorgarle también un marco legal que reglamente, dirija y controle la relación laboral.

De esta manera, también el trabajador gozará al 100% de su relación laboral, de sus aportes y contribuciones y, si estuvo más de 5 años no registrados, podrá hacer uso de todo ese tiempo para sus aportes jubilatorios. También, las empresas se sentirán más aliviadas en materia contributiva, y en consecuencia, el sistema jubilatorio gozará de mayores aportes.

En definitiva, no sólo beneficia al sistema previsional argentino, generando más empleo registrado, sino que, también auxilia a las empresas, pymes y pequeños emprendedores, y, en consecuencia, al sector pasivo de la sociedad.

Dejá tu comentario