2019 ELECTORAL

Guiño de la Corte a Cambiemos por el plebiscito en La Rioja

El máximo tribunal del país habilitó la feria judicial para tratar un recurso de amparo solicitado contra la consulta popular que podría derivar en la reelección del actual gobernador, Sergio Casas. Casas había sido anteriormente vicegobernador por lo que la constitución provincial le impediría un nuevo mandato.

La Corte Suprema habilitó este jueves la feria judicial de enero para tratar el recurso de amparo presentado el miércoles por legisladores de Cambiemos para suspender una consulta popular prevista para el próximo 27/01 en La Rioja con el fin de evitar una la realización de un consulta popular que podría habilitar la reelección del gobernador Sergio Casas.

A través de una cédula, la Corte notificó que se dio curso a la presentación realizada por 2 diputados nacionales de Cambiemos con la asistetencia del excamarista y también exlegislador radical Ricardo Gil Lavedra.

"La Corte Suprema de la Nación habilitó la feria para tratar amparo prsentado ayer por los diputados @OlivaresHctor y @mgwechsler , contra la enmienda constitucional en #LaRioja . "Gobernador Casas pretende perpetuarse en el poder", confirmó el bloque de Diputados de la UCR a través de Twitter. 

"¡Excelente noticia! La Corte Suprema de Justicia habilitó la feria judicial para el tratamiento del Amparo presentado por @cambiemos #LaRioja contra la ilegal enmienda constitucional, que pretende adecuar la Carta Magna a los deseos del actual Gobernador. #DecimosNOALaEnmienda", tuiteó en modo celebratorio la senadora radical riojana Inés Brizuela y Doria.

Los diputados nacionales Héctor Olivares (presidente de la UCR riojana) y Marcelo Wechsler (el porteño interventor del PRO en La Rioja) presentaron el miércoles un amparo ante la Corte Suprema de Justicia para que “suspenda la consulta popular” que “trata de convalidar una enmienda constitucional viciada e inconstitucional”.

Cambiemos ya presentó un recurso similar ante el Tribunal Supremo de Justicia de La Rioja, aun sin resolución. 

“Esta convocatoria a una consulta popular ad hoc, realizada en pocos días y en pleno receso estival, quebranta el texto expreso de la Constitución que, en su artículo 177, exige que la consulta sea efectuada al pueblo en la siguiente elección general y, si es aprobada, recién comenzará a regir en el futuro”, dice el escrito presentado ante la Corte, y agrega: “El apuro se explica por la espuria intención que la cláusula habilitante de la reelección pueda ser utilizada en los próximos comicios”.

Casas fue vice del Luis Beder Herrera durante el período 2011-2015 y luego fue electo gobernador para sucederlo. El artículo 120 de la Constitución riojana –incorporado por la Constituyente de 2007 para eliminar la reelección indefinida– sostiene que el gobernador y su vice “podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un sólo período consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período”.

Una enmienda aprobada el 19/12 pasado por más de los 2 tercios necesarios de los integrantes de la Cámara de Diputados provincial, es interpretativa de ese artículo. Allí sostuvieron que la reelección y la sucesión recíproca del Gobernador y su vice por un solo periodo consecutivo hacen referencia a los integrantes de una misma fórmula electoral. Situación que no sucedería con Casas. La ley deberá ser refrendada por la convocatoria –según la propia Constitución– a una consulta popular dentro de los 45 días donde el voto en contra del 35 por ciento del padrón electoral (más de un tercio) la enmienda sería rechazada.

La fecha del plebiscito es el 27/01. Uno de los motivos del pedido de amparo de Cambiemos: “No es casual la fecha elegida. Este proceso anómalo, pretende poner a consideración del pueblo la enmienda en forma anticipada a la ‘primera elección general que se realice’, con la finalidad de incorporarla al texto constitucional para aplicarla al actual mandato del gobernador, violando el principio de irretroactividad de la ley”.

Y en el pedido a la Corte para que habilite la feria judicial sostiene que “no existe la posibilidad cierta en la provincia que algún remedio ordinario llegue a tiempo o sea apto para evitar el daño que generaría al orden institucional la concreción de una consulta violando todas las normas conocidas hasta ahora en materia constitucional y electoral”.

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