Antes que la Corte opine sobre el artículo 161, Mariotto insiste en que es 1 año para la desinversión (?)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación aún no se ha pronunciado acerca del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que establece 1 año para el período de desinversión. Pero el Ejecutivo Nacional publicó en el Boletín Oficial una resolución confirmando que es 1 año de plazo, a partir de mañana (jueves 09/09/2010) para ajustarse a la nueva ley.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El Gobierno dio un nuevo paso en la puesta en marcha de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y, tras reglamentación de la norma, publicó una resolución que establece que a partir de mañana (jueves 09/09/2010) correrá el plazo de 1 año para que grupos concentrados se desprendan de licencias.
El mecanismo está contemplado en el artículo 161 de la también llamada ley de medios, que la semana pasada se puso en vigencia con su reglamentación, y fue formalizado mediante la publicación en el Boletín Oficial de la resolución 297/2010, que lleva la firma de Gabriel Mariotto, titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA).
"Establécese que el plazo no mayor a 1 año previsto por el artículo 161 de la Ley 26.522, comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en la presente resolución", dispone la medida que consta de 3 artículos y 1 anexo que detalla qué deben hacer los medios que tengan más licencias de las permitidas.
Una de las opciones es la adecuación voluntaria, donde los titulares de las empresas que no cumplan con los requisitos podrán "iniciar el trámite de adecuación mediante declaración jurada, a través de la cual propongan la regularización de su situación".
Otra alternativa es la adecuación por transferencias, que podrá ser voluntaria en caso de que el titular de la empresa presente una propuesta con un potencial adquiriente de alguna de sus licencias y que la misma sea autorizada por la AFSCA.
En caso de no encontrar en un plazo de 180 días un potencial comprador o si el mismo resultara rechazado, la resolución aclara inmediatamente que se podrá autorizar al organismo que conduce Gabriel Mariotto para que oferte públicamente las licencias o bien realice un concurso de precios y condiciones de adquisición.
En tanto, en caso de que los titulares de las licencias no diera cumplimiento a las disposiciones de la ley y sus reglamentación en los tiempos previstos, se dispondrá la transferencia de oficio.
Por otra parte y también en el marco de la puesta en marcha de la ley de medios, se publicó hoy la resolución 296/2010, que establece las pautas para el ordenamiento de las grillas.
Así, los titulares de los servicios audiovisuales por suscripción de televisión por recepción fija deberán ordenar las señales en forma tal que todas aquellas que correspondan al mismo rubro de programación se encuentren ubicadas en forma correlativa.
Según la disposición, Canal 2 será para un canal de generación propia local, el 3 para TN, el 4 para América 24, el 5 para C5N, el 6 para Crónica TV, el 7 para Canal 26, el 8 para CN23, el 9 para América, el 10 para Telefé, el 11 para la Televisión Pública, el 12 para El Trece, el 13 para el 9 y el 14 para Encuentro.
En tanto, a partir del canal 15 en adelante deberán posicionarse las señales deportivas, luego las infantiles (comenzando con Paka-Paka), a continuación las periodísticas internacionales (comenzando con Telesur) y, finalmente, las restantes agrupadas por género, comenzando, si existiese, por la señal del género del bloque producida por el Estado nacional o donde éste sea parte.
La resolución también ordena la grilla para los servicios por suscripción de televisión por recepción fija, cuyos cabezales se encuentren fuera del área cobertura de los de televisión abierta, y para los licenciatarios de servicios por suscripción satelital.
Según se dispone en la medida publicada en el Boletín Oficial, los cambios comenzarán a regir a partir del 1 de octubre de 2010.

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