JUSTICIA

PROBLEMAS DE SALUD

Rechazan la prisión domiciliaria pedida por De Vido

La Cámara Federal porteña rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, quien había solicitado el beneficio en función de su edad - atento a que cumple 70 años en diciembre- y por problemas de salud. A su vez, el tribunal le ordenó al juez Claudio Bonadio que practique estudios médicos a cargo del Cuerpo Forense de la Corte Suprema para determinar el estado de salud del ex ministro de Planificación Federal.

La Cámara Federal porteña rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido en el marco de la causa de los 'Cuadernos'. El ex funcionario había solicitado el beneficio en función de su edad - atento a que cumple 70 años en diciembre, la edad a partir de la cual alguien puede acceder a la domiciliaria- y por problemas de salud.

A su vez, el tribunal le ordenó al juez federal Claudio Bonadio que practique estudios médicos a cargo del Cuerpo Forense de la Corte Suprema para determinar el estado de salud del ex ministro de Planificación Federal.

La defensa de De Vido había justificado su petición por ser insulinodependiente, tener hipertensión arterial y enfermedad vascular coronaria, además de úlceras y un nódulo en el pulmón.

Un informe médico del Servicio Penitenciario asegura que lo que padece De Vido puede tratarse en el penal de Marcos Paz, donde está detenido desde hace casi dos años.

La otra justificación de la defensa es su edad puesto que De Vido cumple los 70 en diciembre, y es el límite a partir del cual está establecido en la ley 24660 para otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria a quien lo solicite.

De Vido intentó justificar que él ya está atravesando los 70 años y en diciembre empieza a cursar los 71, con lo cual puede acceder al beneficio.

En su fallo, los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi determinaron que no tiene la edad permitida a partir de la cual se le puede otorgar el beneficio: "consideramos que la actual condición de Julio De Vido no se ajusta a los términos definidos en el inciso d, del art. 32 de la ley 24.660, en atención a que no se halla configurado el requisito etario allí exigido para acceder al beneficio peticionado".

Por otra parte, encomendaron a que a De Vido se le realicen nuevos estudios, más allá de los que ya hizo el Servicio Penitenciario Federal.

"Instamos al magistrado de grado a que, con la premura que el caso requiere, solicite al Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, una pericia en la cual se constaten las patologías que presenta Julio De Vido", señalaron los jueces.

"Cumplimentada la diligencia encomendada, previa vista al Ministerio Público Fiscal, se deberá llevar a cabo un nuevo análisis del presente pedido de detención domiciliaria, valorando -además de las constancia ya obrantes en autos- dicha pieza pericial", agregaron.

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