El límite de consumo es de US$300 por persona para gastos con tarjeta de crédito y débito en el exterior. Si este monto se supera, se cobra la percepción extra del 25% a cuenta de Bienes Personales -cabe mencionar que el dicho cupo se renueva cada mes-
Aquí es donde llega la dificultad: una persona puede tener más de una tarjeta, de diferentes bancos y procesadoras de pagos. Actualmente, no existe un sistema donde los bancos puedan cruzar toda la información, por lo que muchos se avivaron y trataron de evitar el cepo utilizando las diferentes tarjetas.
El viernes pasado (14/10) hubo una reunión entre los bancos, las cámaras de las tarjetas de crédito y la AFIP, donde estos alertaron a la institución dirigida por Carlos Castagneto que no pueden saber si la persona excedió el monto límite utilizando las diferentes tarjetas.
Por lo que solicitaron a la AFIP que les brinde una solución y acceso a la información. Según acordaron, AFIP les brindará la información que posee sobre consumos y CUITs mientras los bancos desarrollen un sistema para cruzar información, según publicó TN.
Aunque se estima que esto puede a llegar a tardar alrededor de un mes, por lo que AFIP evalúa aplicar el cobro de manera retroactiva, el tiempo que pierda en cobrar correctamente el 25% extra.
Hay que estar atentos y tener cuidado a la hora de tratar de evitar el cepo, ya que el incremento del dólar turista podría acumularse y cobrarse todo junto en el momento en que se logre cruzar la información de todas las tarjetas de un mismo CUIT.
Cómo se implementará el dólar turista por ahora
Hasta el momento, lo que se acordó en la reunión entre los bancos, las tarjetas y la AFIP es lo siguiente:
- Para las tarjetas de crédito: se deberá pagar el 25% extra por acumulación de consumos superior a US$300 en cada cierre, por tarjeta.
- Para las tarjetas de débito: se deberá pagar el 25% extra por consumos únicos de más de US$300, que se ven cuando cierra el período.
Dos puntos importantes a saber además, es que:
- El recargo del 25% se traslada a todo el consumo y no sólo al excedente. Es decir, si una persona gasta más de US$300, por ejemplo, gasta US$350, el 25% de recargo se aplicará sobre el total, y no sobre los US$50.
- Si se supera el límite permitido en dólares pero no aparece la percepción en el resumen correspondiente a dicho gasto, desde AFIP aseguraron a Clarín que existe la posibilidad de que la retención del 25% pase al próximo resumen, aunque aún no está definido.
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