ECONOMÍA

PROYECTO DE LEY DE GÓNDOLA

Atención Super/Hiper/Chinos: Iniciativa para fomentar la competencia

Entre 2003 y 2005, Urgente24 cuestionó en forma reiterada tanto a Néstor Kirchner como a Roberto Lavagna porque subestimaban el progresivo deslizamiento de la inflación que comenzaba a ocurrir, luego de la aguda depresión 2001/2002. Sin embargo, la experiencia de lo que sucedió indica que la mayoría de la sociedad argentina menosprecia las consecuencias de la suba de precios y le atraen formas populistas que no resuelven los problemas de fondo. Expresado todo esto, también hay que señalar que en la Argentina prevalecen formas de concentración tan peligrosa como dañina sin que se impidan o limiten los monopolios u oligopolis; y que ocurren excesos en la comercialización que requieren alguna intervención del Estado.

El espacio que lidera Sergio Massa, a través de la diputada nacional Marcela Passo, presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de Ley de Góndola para frenar los abusos de precios que entiende, se producen en los supermercados y en particular, en los alimentos.

“El bolsillo de los argentinos no aguanta más. Nuestro espacio está comprometido en trabajar en todas las medidas posibles que alivien esta terrible situación en la que nos ha metido este gobierno con sus pésimas medidas económicas”, indicó Passo. 

Y añadió: “La pobreza no para de crecer y hoy garantizar el acceso a los alimentos se ha vuelto una cuestión urgente”.

La idea del Frente Renovador es, además de frenar los abusos, generar el ingreso de mayor oferta a supermercados, considerando que la situación es tan grave que la gente se endeuda y renueva deuda para comer,  en un momento en que el 23 % de los trabajadores formales de Argentina compra la comida en cuotas

Con ese objetivo, el bloque  pretende tener dictámen de comisión el mismo martes 16/04 para que haya media sancion el 24/04 del proyecto autoría de la diputada Passo, que crea en el ámbito de la Secretaría de Comercio, el “Programa de Medidas para el fomento de la competencia y reducción de distorsiones de precios en las ventas minoristas” en canales de venta de productos de consumo masivo a cargo de grandes empresas o grupos económicos

El objetivo, es la reducción de distorsiones de precios minoristas originadas en la falta de competencia. Estos controles regirán sobre los “Supermercados y Supermercados Totales o Hipermercados” que cuenten con más de 50 bocas de expendio en todo el país.

Éstos comercios, según la ley, “estarán obligados a que para cada categoría de productos, ninguna marca individual, o marcas de una misma empresa o grupo económico podrá disponer de más del 40% del espacio de góndola destinado a dicha categoría en el primer año de vigencia del programa, y 30% el segundo año y subsiguientes, aunque plantea la posibilidad de elevar estos topes, para los locales que tengan una menor cantidad de boca de expendio.

Además, para reducir costos por límites a los abusos de posición dominante, la norma establece que a los fines de reducir los costos para los proveedores de los grandes supermercados e hipermercados, se aplicarán medidas como que el plazo máximo de pagos no podrá superar los 90 días.

A su vez, los proveedores podrán aplicar los intereses que determine la autoridad de aplicación en caso de pagos realizados fuera de término, siempre y cuando no existan razones legales y fundamentadas por el incumplimiento.

La autoridad de aplicación podrá reducir este tope en función del tamaño o facturación de los proveedores.

Además, las cadenas de supermercados e hipermercados no podrán exigirles a los proveedores aportes o adelantos financieros por ningún motivo, entre otras de las disposiciones.

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