CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) El anuncio con bombos y platillos realizado ayer (25/11) por Cristina de Kirchner sobre el plan de repatriación de capitales como forma de promover la inversión local cuenta con un grave problema: resulta incompatible con la Ley de lavado de dinero.
La Ley 25.246 ("ley Carrió", como se conoce a la norma de lavado de dinero por la tarea que le cupo a la diputada y titular del ARI) incluye como delito a la evasión. En este sentido, al blanquear la evasión el Gobierno estaría 'apañando' un delito.
De esta forma, los Kirchner tienen una única salida para hacer compatible la Ley con el anuncio de Cristina (y, sobre todo, para evitar un delito): modificar la norma.
Además, de persistir con el plan en estas condiciones, el Gobierno argentino deberá soportar -como mínimo- una fuerte presión internacional.
Cabe destacar que la Argentina tiene firmada una serie de normas en el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que da asistencia para la lucha contra el lavado de dinero, y del cual es miembro pleno.
La ley de lavado de dinero tiene trascendencia internacional. El GAFI ha reclamado anteriormente a la Argentina por no haber cumplido con sus recomendaciones para contrarrestar ese delito. En el 2009, el Grupo someterá al país a un nueva revisión de sus avances, luego de un pedido de postergación de un año.
# Los puntos principales de la repatriación
El gobierno, a través de Sergio Massa, difundió hoy los principales puntos del Sistema de Exteriorización de la Tenencia en Moneda Nacional, Extranjera, Divisas y Demás Bienes en el País y en el Exterior.
> Objetivo: normalizar la situación tributaria mediante la exteriorización de la tenencia de moneda extranjera, divisas y demás bienes en el exterior; y en el país, la tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes.
> Comprende períodos fiscales finalizados hasta el 31/12/07 no prescriptos.
> Modos de realizar la exteriorización: mediante declaración de su depósito en entidades bancarias, financieras u otras comprendidas dentro del plazo de tres meses a partir de la publicación en el Boletín Oficial.
Mediante una transferencia a través de una entidad financiera, dentro del mismo plazo, donde deben quedar depositadas al menos dos años, salvo que se destinen a inversiones en el país.
Para tenencias en el país mediante un depósito en entidad financiera, dentro del mismo plazo, donde deben quedar depositadas por al menos dos años, salvo que se destinen a inversiones en el país.
> Beneficios: no estarán obligados a declarar la fecha de compra de lo que exterioricen, no estarán sujetos al tratamiento de la ley para incrementos patrimoniales no justificados, quedan liberados de toda acción civil, penal, administrativa y profesional; y exentos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar por los períodos fiscales comprendidos.
Massa consideró que los empresarios o las personas particulares que se acojan a la repatriación de capitales podrán hacer inversiones "reales" que los beneficiarán "más" que tener sus capitales "en un banco en el exterior que mañana no sabe si existirá".
Estimó también que la promoción de la repatriación de dinero es atractiva, porque "el sistema financiero argentino es tal vez el más sólido de la región, y el país mantiene la tasa de crecimiento más alta de Sudamérica".
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